En contra del Consejo para la Transparencia.
Corte de Santiago acoge recursos de protección y deja sin efecto sanción aplicada a funcionarios públicos por supuestamente haber incumplido deber de entregar información.
El Tribunal de alzada estableció el actuar arbitrario de la recurrida que derivó en la aplicación de un descuento del 30% de los sueldos de los trabajadores.

La Corte de Apelaciones de Santiago acogió los recursos de protección interpuestos en contra del Consejo para la Transparencia y declaró que actuó en forma ilegal al instruir sumarios a los recurrentes por supuestamente haber incumplido deber de entregar información solicitada por la Ley de Trasparencia.
El fallo señala que, es necesario recordar que, en materia de derecho público, ninguna autoridad ni ninguna persona puede actuar fuera del ámbito de su competencia, lo que es conocido doctrinariamente como principio de legalidad, cuya fuente está en la misma Constitución Política de la República, específicamente en su artículo 7°.
La resolución agrega que los protegidos no se encuadran en ninguna hipótesis de jefatura en los términos descritos en los artículos 45 y 1° N° 1 de la Ley N° 20.285.
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Resulta improcedente la imposición anticipada de la medida cautelar de prisión preventiva respecto de un imputado que no se encuentra cumpliendo una condena, resuelve la Corte Suprema.

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Recurso de protección rechazado.
No procede el recurso de protección contra la suspensión de una militante del Partido Radical sí el Tribunal Supremo aún no se ha pronunciado. Se trata de un acto intermedio y no de término.

