España.
Empresa debe adecuar jornada laboral de trabajador para que pueda compatibilizar su vida familiar y ejercer la custodia de su hijo.
El mandato de protección a la familia y a la infancia prevalece y sirve de orientación para la solución de cualquier duda interpretativa de una disposición que afecte a la conciliación profesional y familiar. Ello obliga a valorar las concretas circunstancias personales y familiares que concurren en el trabajador, así como la organización del régimen de trabajo.

El Juzgado de lo Social Nº3 de Valladolid (España) acogió la demanda deducida por un trabajador que solicitó una adecuación de su jornada laboral para efectos de compatibilizar su trabajo y vida familiar.
El demandante es un trabajador que cumple turnos rotativos en su empresa. Solicitó a su empleador una adaptación de su horario de trabajo para atender a su hijo los días en que tiene su custodia. La empresa se negó aduciendo que ello implicaría una “(…) grave colisión con la organización del cuadrante del centro de trabajo, y cualquier modificación aleatoria influiría en el ciclo de sus compañeros, por lo tanto puede cambiar con estos los turnos que necesite”.
A causa de esta negativa demandó a su empleador para solicitar “(…) que se declare su derecho a adaptar la jornada de trabajo para la conciliación de la vida laboral y familiar y una reclamación por la cantidad de 2.000,00 euros en concepto de daños y perjuicios morales”.
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