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Uso de la fuerza policial.

Policía de Países Bajos que disparó a un hombre por transitar con un hacha en la calle y amenazar a peatones provocándole discapacidad permanente, es absuelto en razón del peligro inminente.

La víctima evadió su arresto al no obedecer ninguna orden ni respondió al disparo de advertencia y tuvo un comportamiento muy impredecible al caminar en dirección a los policías con el hacha en la mano.

4 de diciembre de 2022

El Tribunal de Distrito de la Haya, absolvió a un policía por el delito de homicidio frustrado, con ocasión de haberle disparado a un hombre que transitó con un hacha en la vía pública, amenazó y agredió a una persona.

El caso tiene su origen luego que un hombre agitara un hacha en la vía pública del municipio de La Haya, para lo cual, varios policías, incluido el acusado sacaron sus armas de fuego y apuntaron al hombre, quien a pesar de los llamados y el disparo de advertencia para que dejara el hacha, decidió caminar en dirección a los oficiales con el arma blanca en la mano, lo que permitió que el acusado a siete metros de distancia le disparara, cuya bala recibida en el pecho le generó una lesión en la médula espinal, provocándole una discapacidad permanente.

La defensa alegó que de conformidad al artículo 42 del Código Penal las acciones no son punibles, en cuanto disparó en el ejercicio de sus funciones policiales que tienen por objeto velar por el mantenimiento real del orden público y prestar auxilio a quienes lo necesiten, como fueron las personas que sufrieron amenazas y la que sufrió una agresión, de modo que, el uso de la fuerza fue proporcional y subsidiaria, en atención a que la víctima desobedeció lo ordenado por los oficiales.

Al respecto, el Tribunal razona que, “(…) es un hecho bien conocido que la parte superior del cuerpo de un ser humano contiene varios órganos vitales, como el corazón y los pulmones, así como arterias y venas vitales. Una lesión en partes tan vitales del cuerpo puede poner en peligro la vida y puede conducir fácilmente a la muerte de la persona afectada. También es un hecho bien conocido que una bala penetra fácilmente en el cuerpo y puede causar lesiones graves, por lo que el acusado debió haber estado consciente de esta posibilidad, más aún en consideración a su formación como oficial de policía.”

No obstante lo anterior, de conformidad a la Ley de Policía y al Instructivo Oficial para el uso de la fuerza policial, “(…) el agente de policía tiene derecho a invocar la justificación prevista en el artículo 42 del Código Penal, siempre y cuando no exceda de los límites de proporcionalidad y subsidiaridad en el ejercicio de sus funciones, por lo que tiene un alto grado de libertad para usar la violencia contra otros, bajo la condición de ser necesaria en las circunstancias que se originen, cuyo actuar sea evidentemente razonable al fin que se persigue.”

En ese sentido, y en consideración a que “(…) la víctima pudo haber lesionado a más personas, evadió su arresto al no obedecer ninguna orden ni respondió al disparo de advertencia y tuvo un comportamiento muy impredecible al caminar en dirección a los policías con el hacha en la mano, la que fue levantada sobre sus hombros, es claro que el uso de arma de fuego se ajusta a las normas del Instructivo Oficial, ya que, había un peligro inminente, por lo que el acusado al no tener otros medios de violencia y al tener presente que el uso de gas pimienta no funcionaría por la distancia que había entre ambos, es que el policía no tenía otras opciones de evitar el peligro, cuyo actuar al mismo tiempo demuestra que limitó consecuencias mayores al no dispararle más alto en el cuerpo o en la cabeza sólo en una fracción de segundos. “

En base a esas consideraciones, el Tribunal declaró la absolución del policía por el delito de homicidio frustrado.

 

Vea sentencia Tribunal de Distrito de la Haya Rol N°12601-2022.

 

 

 

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