Diario Constitucional

Tribunal General de la Unión Europea.

Contrato de construcción de dos reactores nucleares en Hungría impugnado por Austria es válido.

Se deben desestimar los motivos basados en la existencia de distorsiones desproporcionadas de la competencia y de desigualdades de trato que llevan a la exclusión de los productores de energía renovable del mercado interior liberalizado de la electricidad. A este respecto, los Estados miembros tienen libertad para determinar la composición de sus paquetes energéticos y la Comisión no puede exigir que la financiación estatal se destine a las fuentes de energía alternativas.

Por Redacción·03 de diciembre de 2022·3 min de lectura
imagen: actualidad.rt.com
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El Tribunal General de la Unión Europea (TGUE) desestimó el recurso de anulación que Austria dedujo contra el contrato de construcción de dos reactores nucleares en Hungría, el cual fue aprobado por la Comisión Europea.

En 2017, la Comisión anunció la aprobación de la ayuda estatal anunciada por Hungría para la edificación de 2 reactores nucleares en su país. La obra estaría a cargo de una empresa estatal y sería financiada con una línea de crédito de 10.000 millones de euros renovables, compuesta por capitales rusos y húngaros, en el marco de un acuerdo intergubernamental.

La Comisión declaró que la propuesta no era incompatible con el mercado europeo, y que cumplía con los requisitos prescritos por el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), cuyo artículo 107 establece que “(…) las ayudas destinadas a facilitar el desarrollo de determinadas actividades o de determinadas regiones económicas pueden considerarse compatibles con el mercado interior, siempre que no alteren las condiciones de los intercambios en forma contraria al interés común”.

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