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imagen: pukaarcommunity.com
Estados Unidos.

Hombre que acudió a una cita con un policía que simuló ser una menor de edad tiene derecho a un nuevo juicio y alegar defensa por “atrapamiento” al existir indicios de que fue inducido a cometer el delito.

El imputado se presentó con «alguna evidencia» de la inducción del gobierno a cometer el ilícito y de su propia falta de predisposición a cometer el delito. Bajo el estándar “Mayfield”, tenía derecho a que el tribunal instruyera al jurado sobre su defensa por trampa, aunque no podemos asegurar que hubiera logrado la absolución. Las acciones del gobierno en este caso no estuvieron a la altura de los estándares aplicables.

27 de diciembre de 2022

La Corte de Apelaciones del Séptimo Circuito (Estados Unidos), acogió el recurso de apelación deducido por un hombre que fue juzgado por concertar una cita con un agente de policía que se hizo pasar por una menor de edad. El recurrente solicitó un nuevo juicio ya que no se le permitió al jurado evaluar una defensa por “atrapamiento”, pues “fue víctima de una trampa”.

Un agente del FBI se hizo pasar por una menor de 15 años para agendar una cita con el recurrente, vía mensajes de texto. Tras llegar al lugar del encuentro fue detenido y juzgado por el delito de intento de incitación de un menor.

El imputado alegó haber sido víctima de una “representación fraudulenta” llevada a cabo por el gobierno para inducirlo a cometer el delito. Agregó que el juez de instancia no le permitió llevar a cabo una “defensa por entrampamiento” a pesar de existir indicios de haber sido engañado por el FBI. Por este motivo, dedujo apelación.

En su análisis de fondo, la Corte observa que “(…) el acusado tiene derecho a presentar la defensa en el juicio si demuestra que alguna prueba la apoya. Esta carga inicial no es grande; el acusado debe presentar alguna evidencia a partir de la cual un jurado razonable pueda encontrar incentivos y falta de predisposición del gobierno. Si puede hacer esta demostración, el tribunal debe instruir al jurado sobre la trampa y el gobierno debe probar más allá de toda duda razonable que el acusado estaba predispuesto a cometer el delito imputado o, alternativamente (pero con menos frecuencia), que no hubo incentivo del gobierno”.

Agrega que “(…) en el caso concreto, se debe determinar si el recurrente mostró alguna evidencia de su ausencia de predisposición a cometer el delito y la presencia de incentivos por parte de la autoridad para cometer el ilícito. Es decir, si los mensajes de texto muestran alguna evidencia de su propia renuencia y falta de predisposición y alguna prueba de la persuasión sutil y persistente del gobierno. El estándar “Mayfield”, aplicable al caso, no requiere una defensa perfecta sino solo “algunas” pruebas para presentar el asunto al jurado”.

Advierte que “(…) el gobierno señaló que el agente encubierto le presentó al imputado “múltiples oportunidades para retirarse de la conversación y él optó por no hacerlo”. Eso es verdad. Además, luego de que los mensajes de texto concluyeran el primer día sin ningún acuerdo para verse para tener sexo, fue el propio imputado quien inició la conversación al día siguiente”.

Sin perjuicio de lo anterior, señala que “(…) en el precedente «Pérez-Rodríguez» se ofreció considerablemente menos evidencia de desgana e incentivos del gobierno que en este caso. El terreno común más importante entre los casos fue la expresión de desgana de los dos acusados para seguir adelante con la conducta delictiva propuesta inicialmente por el gobierno y los continuos esfuerzos del gobierno para persuadirlos de que lo hicieran. La diferencia fáctica más importante es que, en el caso concreto, el recurrente expresó su desgana muchas más veces que Pérez Rodríguez y mostró una mayor persistencia del gobierno en persuadirlo para que siguiera adelante con la cita criminal”.

En definitiva, la Corte concluye que “(…) el imputado se presentó con «alguna evidencia» de la inducción del gobierno a cometer el ilícito y de su propia falta de predisposición a cometer el delito. Bajo “Mayfield”, tenía derecho a que el tribunal instruyera al jurado sobre su defensa por trampa, aunque no podemos asegurar que hubiera logrado la absolución. Las acciones del gobierno en este caso no estuvieron a la altura de los estándares aplicables”.

Al tenor de lo expuesto, la Corte resolvió acoger el recurso y revocar el fallo recurrido. En su lugar, ordenó la realización de un nuevo juicio para permitir al recurrente llevar a cabo una defensa de “atrapamiento”.

 

Vea sentencia Corte de Apelaciones del Séptimo Circuito No. 22-1301.

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