Recurso de casación en la forma rechazado.
Demandada de precario debe restituir a centro de madres de la comuna de La Higuera la sede social que ocupaba ilegalmente.
La ocupante utilizaba la sede como bodega de su local comercial ubicado a continuación de dicho inmueble, restringiendo el ingreso de las madres e impidiendo el normal desarrollo de las actividades organizadas por la agrupación.

La Corte Suprema rechazó un recurso de casación en la forma interpuesto en contra de la sentencia dictada por la Corte de La Serena, que confirmó aquella de base que hizo lugar a una demanda de precario deducida por un centro de madres en contra de la ocupante de su sede.
El demandante alega ser el continuador legal del centro de madres de la comuna de La Higuera, dueño del inmueble desde 1980, por lo que solicita el desalojo de la demandada de sus dependencias, acompañando para tal efecto, la copia de inscripción de dominio, y el certificado de vigencia de la corporación.
Añade que la demandada es vecina del centro de madres y mantiene en su morada un local comercial. Refiere que, tanto ella como sus familiares hacen uso del inmueble ajeno a modo de bodega de sus productos, restringiendo el acceso a las miembros de la agrupación, ocupando el lugar por ignorancia o mera tolerancia, y sin que conste la existencia de contrato o título previo.
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