Recurso de protección acogido.
Corte de Santiago ordena a banco restituir fondos descontados de la cuenta corriente del recurrente por deuda prescrita.
El Tribunal de alzada estableció el actuar arbitrario e ilegal del banco al proceder a realizar el descuento en forma unilateral.

La Corte de Apelaciones de Santiago acogió el recurso de protección interpuesto en contra del Banco Itaú Corpbanca SA y le ordenó proceder a la restitución del dinero descontado de la cuenta corriente del recurrente por una deuda que fue declarada prescrita.
El fallo señala que aparece oportuno recordar que, atendida la naturaleza tutelar de la presente acción constitucional, su finalidad apunta a amparar el pacífico y aparente legítimo ejercicio de un derecho determinado, el status-quo vigente, la normalidad imperante al momento de cometerse la acción u omisión agraviante.
La resolución agrega que, este medio jurídico no persigue efectuar declaraciones sustantivas en cuanto a la titularidad de un determinado derecho o calidad jurídica, sino que evitar que por medios ilegales o arbitrarios se amenace, se afecte o se ponga término a la situación de hecho vigente respecto de ese derecho o calidad jurídica. En otras palabras, se persigue precaver que las personas se hagan justicia por su propia mano.
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