Control preventivo y obligatorio de constitucionalidad.
Proyecto de ley que modifica la Ley que crea el Sistema Nacional de Certificación de Competencias Laborales y perfecciona el Estatuto de Capacitación y Empleo, ingresó al Tribunal Constitucional.
A los miembros de la Comisión del Sistema Nacional de Certificación de Competencias Laborales, más conocido como ChileValora, se le aplicará el principio de probidad.

La Cámara de Diputadas y Diputados remitió al Tribunal Constitucional el proyecto de ley que modifica la Ley N°20.267, que crea el Sistema Nacional de Certificación de Competencias Laborales y perfecciona el Estatuto de Capacitación y Empleo, y otros cuerpos legales, contenido en el Boletín N°16.366-13.
Lo anterior para que ejerza el control preventivo y obligatorio de constitucionalidad respecto del inciso primero del artículo 6 del citado cuerpo legal que se sustituye por el siguiente:
“Artículo 6.- A los miembros de la Comisión les será aplicable lo establecido en los capítulos 1° y 2° del Título II de la ley N°20.880, sobre Probidad en la Función Pública y Prevención de los conflictos de Intereses”. (Art. 1, número 4).
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