Diario Constitucional

Requerimiento de inaplicabilidad.

Norma que permite suspender condicionalmente el procedimiento si la pena que pudiere imponerse no supera los tres años de privación de libertad, se impugna ante el Tribunal Constitucional

Se alega que la norma legal objetada infringe la igualdad ante la ley, desde que a pesar de que la doctrina estima que para suspender condicionalmente el procedimiento la pena se debe considerar en concreto, en realidad debe ser en abstracto, de lo contrario equivaldría a suprimir la persecución penal pública de los delitos de poca o mediana gravedad.

Por Redacción·23 de febrero de 2024·1 min de lectura
imagen: asemuch.cl
Referencial

Se solicitó declarar inaplicable, por inconstitucional, el artículo 237, letra a), del Código de Procesal Penal.

El precepto legal impugnado establece:

“Artículo 237.- Suspensión condicional del procedimiento. El fiscal, con el acuerdo del imputado, podrá solicitar al juez de garantía la suspensión condicional del procedimiento. (…)

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