Recurso de protección rechazado por la Corte Suprema.
Docente no puede impugnar la resolución que ordena instruir sumario en su contra por ventilar información sensible de la Universidad en programa de radio.
La magistratura sostuvo que no existe un acto terminal por el cual se haya conculcado alguna garantía del recurrente, sino, una serie de actos intermedios orientados a dar curso a un sumario que todavía no está afinado, por ende, no se puede cuestionar en sede cautelar la potestad disciplinar del plantel de estudios para someter a sumario al actor.

La Corte Suprema confirmó la sentencia dictada por la Corte de Valdivia, que rechazó el recurso de protección interpuesto por un funcionario de la Universidad Austral de Chile, en contra de la misma institución, por instruir un sumario administrativo en contra del actor.
El recurrente sostuvo que, en su calidad de director académico del plantel de estudios, el 22 de agosto de 2023 fue entrevistado en un programa de radio de la Universidad, en el que se conversaron temas relativos a la situación económica de la institución educacional.
Como consecuencia de dicha entrevista, el recurrente fue notificado de una resolución emitida por el contralor interno de la Universidad, de fecha 1 de septiembre de 2023, en la que se le hizo saber de la denuncia interpuesta en su contra por el rector de la casa de estudios, acusándolo ventilar en el medio de comunicación una situación interna delicada, como es el estado financiero de la institución; por lo cual, se instruyó sumario en su contra para investigar si los hechos ameritan sanción.
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