Recurso de protección acogido en alzada.
Compensación de deuda tributaria efectuada por la TGR con indemnización por daño moral otorgada a familiar de víctima secuestrada y desaparecida en manos de agentes del Gobierno Militar es improcedente, resuelve Corte Suprema.
El máximo Tribunal estableció el actuar ilegal de la recurrida al retener el monto que correspondía al actor por concepto de indemnización de perjuicios por daño moral y que obtuvo con ocasión de sentencia firme y ejecutoriada, sin antes determinar la exigibilidad de la deuda tributaria que invoca, cuestión que ha de ser dilucidada en el procedimiento judicial respectivo.

La Corte Suprema revocó la sentencia dictada por la Corte de Arica, que rechazó el recurso de protección deducido en contra de la Tesorería General de la República por la retención de la suma de $63.545.219.-, correspondiente a una indemnización de perjuicios por daño moral, otorgada al actor por sentencia firme y ejecutoriada.
La indemnización fue concedida en un proceso civil seguido ante el Tercer Juzgado en lo Civil de Arica, por el secuestro y desaparición del padre del recurrente, con ocasión de los hechos cometidos por agentes del Estado durante el Gobierno Militar.
El recurrente denunció la vulneración de sus garantías constitucionales previstas en los numerales 1 y 24 de la Constitución Política, argumentando que la recurrida carece de facultades legales para llevar a cabo la compensación, ya que las obligaciones que invoca como crédito a su favor están prescritas.
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