Diario Constitucional

Recurso de protección rechazado.

Inhabilitar la cuenta de correo electrónico institucional de la UDP respecto de alumno expulsado por razones académicas, no es ilegal ni arbitrario, resuelve Corte de Santiago.

La Universidad ha obrado en ejercicio de las atribuciones que el contrato le ha brindado sobre las cuentas de correo que son su dominio

Por Redacción·13 de septiembre de 2024·3 min de lectura
Inhabilitar la cuenta de correo electrónico institucional de la UDP respecto de alumno expulsado por razones académicas, no es ilegal ni arbitrario, resuelve Corte de Santiago.
Referencial

La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso de protección interpuesto por un exalumno de la carrera de medicina en contra de la Universidad Diego Portales por inhabilitar su cuenta de correo electrónico institucional.

El actor expuso que, en junio del año en curso intentó ingresar a la cuenta de su correo electrónico, sin embargo, no pudo, para lo cual decidió contactarse con el departamento de informática, el que le refirió que la inhabilitación se debía a que las cuentas perpetuas eran solo para los estudiantes titulados, mas no para los que habían sido eliminados del sistema, pues fue expulsado de la casa de estudios.

Aduce que, sospecha que la inhabilitación de su cuenta fue intencional, desde que contenía diversos respaldos probatorios que iba ofrecer en las diversas causas judiciales que mantiene con la Universidad, siendo una de ella, una demanda civil por haber sido expulsado de la institución.

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