Fallo confirmado por la Corte Suprema.
Orden de expulsión de ciudadano venezolano con arraigo familiar y padre de una niña chilena, se deja sin efecto por vulneración del principio de unidad familiar.
La Corte tuvo en consideración que de ejecutarse la medida, podría ocasionarse un daño que perturbaría la unidad familiar, afectando lo dispuesto en el artículo 1° de la Constitución, que establece que la familia es el núcleo fundamental de la sociedad, siendo deber del Estado dar protección a la población y a la familia, así como propender al fortalecimiento de esta.

La Corte de Apelaciones de Valparaíso acogió el recurso de amparo interpuesto por un ciudadano venezolano en contra de la resolución del Servicio Nacional de Migraciones, que dispuso el rechazo de su solicitud de residencia definitiva y, consecuentemente, su abandono del territorio nacional.
El recurrente sostuvo que la resolución se basa en el incumplimiento de los requisitos de residencia debido a una infracción consistente en un intento de egreso por paso no habilitado.
Sin embargo, alega que la sanción migratoria es desproporcionada, ya que es padre de una hija chilena, y el procedimiento estaría viciado al no considerar el arraigo familiar.
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