Recurso de protección acogido por Corte de Puerto Montt.
Negativa de los padres a vacunar a su hijo atenta contra sus derechos e infringe la obligación de adoptar medidas para velar por su salud, establecida en la Convención de Derechos del Niño..
Como regla general, las decisiones sobre educación, religión y salud de un niño corresponden a sus padres, pero existen casos excepcionales en que la potestad parental intenta imponer sus propias creencias poniendo en riesgo la salud del niño, como en este caso, actuando en contra de su interés superior.

La Corte de Apelaciones de Puerto Montt acogió el recurso de protección interpuesto por la Municipalidad de la ciudad, en contra de los padres de un niño de 10 meses, por no administrarle las vacunas que forman parte del Programa Nacional de Inmunizaciones del Ministerio de Salud.
La Municipalidad expone que, al asistir el niño a control de salud infantil correspondiente a los dos meses en el Centro de Salud de su comuna, ambos padres rechazaron la vacunación que correspondía a su edad, no aplicando las vacunas hexavalente primer refuerzo; neumocócica conjugada primer refuerzo; y meningocócica recombinante primer refuerzo.
Indica que el padre señaló como causa del rechazo “por riesgo de efectos adversos en lactantes”, y que su madre señaló como motivo “por reacción adversas, y por componentes que traen la vacuna”.
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