Invalidación de oficio.
Reclamo de ilegalidad interpuesto contra la Municipalidad de Concón por otorgar permiso de edificación para el Proyecto Costa de Montemar, se rechaza por la Corte Suprema.
Tras invalidar de oficio el fallo impugnado, en sentencia de reemplazo, rechazó el reclamo de ilegalidad contra resoluciones que aplicaron la figura del silencio negativo para desestimar la solicitud de invalidación del permiso de edificación, considerando que dicha solicitud no se resolvió dentro del plazo legal. Concluyó que el reclamo de ilegalidad no abordó adecuadamente los fundamentos de las resoluciones cuestionadas y presentó errores de interpretación.

Al conocer de dos recursos de casación en el fondo, la Corte Suprema invalidó de oficio la sentencia dictada por la Corte de Valparaíso, que acogió el reclamo de ilegalidad interpuesto contra las resoluciones de la Dirección de Obras Municipales de la Municipalidad de Concón.
La causa versa sobre un reclamo de ilegalidad municipal presentado por la Corporación Pro Defensa del Patrimonio Histórico y Cultural de Viña del Mar y una fundación contra resoluciones del municipio que avalaron la validez de un permiso de edificación para el proyecto «Costa de Montemar». La disputa se enmarca en el contexto de la omisión de la autoridad municipal de someter el proyecto al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
La Corte de Valparaíso acogió el reclamo, dejó sin efecto las resoluciones y ordenó la tramitación de la solicitud de invalidación, luego de considerar que el plazo de dos años establecido en el artículo 53 de la Ley 19.880 para ejercer la potestad invalidatoria de actos administrativos debe interpretarse como el tiempo límite para iniciar el procedimiento administrativo correspondiente y no para emitir la resolución final.
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