Acción de protección rechazada en
Medidas de clausura y retiro del mercado de agua embotellada extraída de fuentes no autorizadas y con presencia de coliformes fecales, se ajusta a derecho.
Dada la magnitud del riesgo para la salud pública, se consideró que las medidas impuestas son proporcionales y justificadas, tras haberse detectado infracciones graves en la empresa embotelladora, incluyendo la falta de autorización para alcantarillado y agua potable, la extracción de agua desde pozos en lugar de fuentes autorizadas y la presencia de coliformes fecales en niveles superiores a los permitidos.

La Corte Suprema revocó la sentencia dictada por la Corte de Talca, que acogió el recurso de protección interpuesto por una empresa embotelladora en contra de la Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región del Maule y sus funcionarios, por adoptar las medidas clausura, decomiso de mercaderías, recall y retención de la producción de una planta industrial de la actora.
La empresa denunció la clausura de su planta, el decomiso de mercaderías, el retiro de productos del mercado (recall) y la retención de toda su producción de una planta industrial.
Argumentó que dichas medidas, aunque presentadas como preventivas, son ilegales y arbitrarias, pues resultan excesivamente gravosas y podrían provocar el cierre de la empresa sin que se hayan invalidado sus permisos ni existan antecedentes que las justifiquen.
Temas
Te puede interesar

Daño moral.
Corte Suprema confirma fallo que acogió demanda por venta de agua embotellada contaminada.

Recurso de protección acogido.
Se infringe el principio de non reformatio in peius en materia administrativa, si la resolución agrava la situación inicial del actor.

Reclamo de ilegalidad rechazado.
Multa del 10% del aporte estatal a proyecto de la Fundación COANIL, que alberga a NNA con discapacidad, se ajusta a derecho.

