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Hasta la décima semana de gestación.

Comisión sueca propone reforma legislativa para que mujeres puedan abortar en sus hogares.

En relación con las interrupciones voluntarias del embarazo practicadas después de la duodécima semana de gestación, el informe sostiene que deberán seguir realizándose en hospitales, debido a la necesidad de administrar medicación adicional y brindar tratamiento para el manejo del dolor.

7 de marzo de 2025

Una comisión encargada de realizar una investigación solicitada por el gobierno de Suecia presentó un informe con recomendaciones para reformar la legislación vigente en materia de interrupción voluntaria del embarazo. Dicho informe constituye la primera propuesta de modificación sustancial desde la entrada en vigor de la Ley del Aborto en 1974 en el país.

Entre las principales modificaciones sugeridas, se encuentra la posibilidad de que la interrupción voluntaria del embarazo mediante fármacos pueda realizarse íntegramente en el domicilio de la mujer gestante, sin la necesidad de que esta acuda a un centro de salud para recibir la primera dosis del tratamiento. Sin perjuicio de ello, se mantiene la obligación de que las clínicas continúen ofreciendo el procedimiento médico. La propuesta establece que los abortos domiciliarios solo podrán practicarse hasta la décima semana de gestación, siguiendo los protocolos médicos establecidos.

El informe, elaborado por la investigadora especial Inga-Maj Andersson, también recomienda la adecuación de la normativa a los avances científicos y tecnológicos en el ámbito de la salud reproductiva. De acuerdo con los datos presentados en el documento, en Suecia se practican anualmente alrededor de 35.000 interrupciones voluntarias del embarazo, de las cuales el 96 % corresponde a procedimientos médicos efectuados en clínicas o en el domicilio.

Asimismo, la investigación sugiere la actualización de la terminología utilizada en la legislación. Entre los cambios propuestos, se encuentra la sustitución del término “practicar un aborto” por “derecho a abortar”, con el fin de adaptar el lenguaje normativo. También se analiza la posibilidad de reemplazar la palabra “mujer” por la expresión “persona embarazada”; sin embargo, los partidos integrantes del acuerdo gubernamental de Tidö han manifestado su rechazo a esta modificación.

En relación con las interrupciones voluntarias del embarazo practicadas después de la duodécima semana de gestación, el informe sostiene que deberán seguir realizándose en hospitales, debido a la necesidad de administrar medicación adicional y brindar tratamiento para el manejo del dolor.

La Ley del Aborto de 1974 establece el derecho a interrumpir voluntariamente el embarazo dentro de las primeras dieciocho semanas de gestación sin necesidad de justificación. En 2023, el Gobierno sueco inició una revisión de dicha normativa con el objetivo de evaluar posibles modificaciones que permitan su adecuación a los avances médicos y la optimización de su aplicación.

El ministro de Salud de Suecia será el encargado de examinar las propuestas y determinar las medidas necesarias para su eventual implementación. En caso de adoptarse las modificaciones recomendadas, el marco normativo sueco se alinearía con la legislación vigente en otros países nórdicos, como Noruega e Islandia, donde se han introducido reformas similares en esta materia.

Vea texto del informe.

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