Diario Constitucional

Reclamo de ilegalidad rechazado.

Información sobre desvinculación de funcionarios del Ministerio Público es reservada, y su entrega podría afectar el ejercicio de las funciones del organismo.

De liberarse tales antecedentes se generarían dificultades interpersonales al interior de la institución, afectando gravemente el ejercicio de las funciones que le son propias, en particular el resultado de las investigaciones y el cumplimiento de los deberes que constitucionalmente le han sido asignados.

Por Redacción·11 de marzo de 2025·4 min de lectura
cnnchile.com
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La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el reclamo de ilegalidad interpuesto en contra del Ministerio Público, por la denegación parcial de acceso a la información pública, solicitada en virtud de la Ley N° 20.285.

El reclamante requirió documentos relacionados con la aplicación del artículo 81-k de la Ley N° 19.640, incluyendo listados de funcionarios afectados, criterios de selección y rechazo, actas y audios del Consejo General de Fiscales, y detalles presupuestarios de indemnizaciones. Expuso que el Ministerio Público denegó parte de la información por considerarla reservada, invocando el artículo 21 N° 2 de la Ley de Transparencia y normas internas.

El actor argumentó que los antecedentes solicitados refieren a decisiones administrativas de un órgano público sujeto al principio de publicidad, y que la negativa se fundamenta en razones generales sin justificación suficiente.

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