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jueves 24 de abril de 2025
Ius variandi.

Corte Constitucional de Colombia ampara derecho al trabajo digno de madre cabeza de familia.

El derecho al trabajo no se limita al acceso y la permanencia en un empleo, sino que implica trabajar en condiciones dignas y justas, sobre todo en el caso de grupos vulnerables, como las madres cabeza de familia.

La Corte Constitucional de Colombia amparó el derecho al trabajo en condiciones dignas y justas de una madre cabeza de familia, revocando las decisiones de instancias inferiores.

La empresa le ordenó a la dependiente trasladarse a la sede de la empresa en Bogotá para trabajo presencial, traslado que implicaría 3,5 horas de viaje diario y casi 1/3 de su ingreso destinado a transporte, para una madre cabeza de familia con un hijo menor con problemas de salud mental por sensación de abandono.

En vista de ello solicitó reiteradamente ser trasladada a una sede más cercana, pero ante la negativa de la empresa inició acciones judiciales, pero por decisiones de primera y segunda instancia su petición fue desestimada, por lo que interpuso una acción de tutela ante la Corte Constitucional, que acogió su amparo.

La Corte enfatizó que el derecho al trabajo digno va más allá del mero acceso y permanencia en un empleo, abarcando condiciones que respeten la dignidad del trabajador, que exige especialmente proteger a madres cabeza de familia, en cumplimiento al mandato constitucional de garantizar igualdad y bienestar para este grupo vulnerable.

Consideró, además, que se hizo un uso irrazonable del ius variandi, al ejercer la empresa de manera arbitraria su facultad de modificar las condiciones laborales.

De otra parte, resaltó que el teletrabajo es una herramienta valiosa para conciliar responsabilidades laborales y familiares, especialmente para grupos vulnerables.

En definitiva, ordenó que el empleador asigne a la trabajadora a un lugar de trabajo más adecuado, que permita el teletrabajo desde su residencia si no hay vacantes disponibles en esas localidades e implemente medidas para prevenir represalias laborales contra la demandante.

Esta decisión marca un precedente importante en la protección de los derechos laborales y la conciliación trabajo-familia en Colombia.

 

Vea sentencia Corte Constitucional de Colombia Rol NºT-265-24, del 9-7-2024.

 

 

 

 

 

 

 

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