Diario Constitucional

Corte Suprema

Se rechaza demanda de precario por existir vínculo matrimonial entre la ocupante y el anterior dueño del inmueble

El precario es una cuestión de hecho y constituye un impedimento que el tenedor tenga alguna clase de justificación para ocupar la cosa, aparentemente seria o grave, sea que vincule al actual dueño con el ocupante o a este último con la cosa, aunque sea de lo aparentemente ajeno

Por Redacción·14 de junio de 2025·4 min de lectura
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Referencial

La Corte Suprema acogió el recurso de casación en el fondo interpuesto en contra de la sentencia dictada por la Corte de Valparaíso, que confirmó el fallo de base que acogió la demanda de precario.

La causa versa sobre una demanda de precario en que se solicitó la restitución de un inmueble, señalando que la demandada ocupa la propiedad sin un contrato que justifique su tenencia, sino únicamente por la mera tolerancia del actual dueño, quien adquirió el dominio en 2022.

La demandada alegó que no ocupa el inmueble por mera tolerancia, sino en virtud de su calidad de comunera y ex cónyuge del anterior propietario, con quien adquirió el bien bajo sociedad conyugal y con quien pactó separación total de bienes. Añadió que vive en el inmueble junto a su hija desde hace más de una década, y que fue declarado bien familiar, aunque posteriormente ella renunció a los gananciales, quedando el dominio a nombre exclusivo de su ex marido, quien luego transfirió la propiedad al demandante.

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