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Juan Andrés Orrego: «Soy un firme partidario de la recodificación y de la modernización, aunque mesurada, del Código de Bello»

Modernización del código civil

Juan Andrés Orrego: «Soy un firme partidario de la recodificación y de la modernización, aunque mesurada, del Código de Bello»

El destacado civilista y académico aborda la modernización del Código Civil chileno, el impacto de la digitalización en la enseñanza del Derecho, los desafíos de la contratación mediante nuevas tecnologías y el rol de la jurisprudencia frente a los vacíos legislativos. También reflexiona sobre la formación de las nuevas generaciones de abogados y el futuro del Derecho Civil en Chile.

29 de julio de 2026

depositphotos.com

Casación en el fondo acogida

Corte Suprema: contrato de promesa de compraventa de 1999 justifica tenencia ante demanda de precario

El máximo Tribunal estableció que la ocupación de la propiedad por parte de la demandada no se basa en la mera tolerancia o ignorancia del actual propietario, sino que se sustenta en un contrato de promesa de compraventa celebrado en 1999 con el anterior dueño, antecedente que no fue desvirtuado en el proceso, y que constituye un título jurídico válido que justifica la permanencia en el inmueble.

16 de agosto de 2025

elceo.com

Invalidación de oficio

Suprema rechaza precario contra expareja que habita el inmueble junto a hija común

El máximo Tribunal advirtió que no se ponderaron antecedentes esenciales como la convivencia prolongada entre las partes, la existencia de hijos en común y la discapacidad de la hija menor. En sentencia de reemplazo, rechazó la demanda de precario, al concluir que la ocupación del inmueble por parte de la demandada no se basa en mera tolerancia, sino en un título legítimo que excluye los requisitos de dicha acción

09 de julio de 2025

llorenteyrayon.es

Recurso de casación en el fondo

Si el ocupante es hermano de la actora y reside en el inmueble con autorización de su padre, quien fue el anterior propietario, no procede la acción de precario.

La ocupación del demandado no deriva de la ignorancia o mera tolerancia de la actora, sino de la existencia de una relación de familia entre las partes, por ser hermanos, y por la autorización que le otorgó su padre con anterioridad a que la actora adquiriera el inmueble por venta que le hiciera el mismo progenitor.

26 de febrero de 2025

adondevivir.com

Casación acogida en ocupación

Mandato de administración agrícola otorgado por el anterior propietario fallecido no es título valido para justificar la ocupación del inmueble.

El título esgrimido por el demandado es un contrato de administración agrícola sin disposición de bienes, que no contiene referencia alguna a la autorización para ocupar, no siendo suficientes las declaraciones testimoniales para agregar contenido a un contrato que es ley para las partes y que, además, se encuentra extinguido desde la muerte del mandante, siendo forzoso concluir que este no cuenta actualmente con título alguno que lo habilite para ocupar la propiedad y que sea oponible a la actora, por lo que la tenencia es por mera tolerancia e ignorancia de su dueña.

18 de febrero de 2025

agsvisioninmobiliaria.cl

Recurso de casación en el fondo

No procede acción de precario si la tenencia se origina en un contrato de arrendamiento con promesa de compraventa celebrado con el anterior propietario del inmueble.

El título esgrimido corresponde a un contrato de arrendamiento con promesa de compraventa de 2014 celebrado con el antecesor en el dominio de la actora respecto del inmueble, lo que permite inferir que la ocupación que de aquel hace la demandada lo es conforme a un título que la justifica, no por ignorancia o mera tolerancia de la actora, por lo que la acción intentada no pudo ser acogida; debiendo la actora deducir las acciones que correspondan para recuperar la propiedad.

21 de enero de 2025

perfil.com

Casación acogida en tenencia

La tenencia se originó en un contrato de comodato por lo que no es procedente la acción de precario.

Se tuvo en consideración que, conforme a lo señalado expresamente por la actora en su demanda y a la prueba testimonial rendida, la ocupación del inmueble por parte del demandado no obedece a una mera tolerancia, sino a un contrato de comodato, el cual implica la entrega gratuita de la propiedad para su uso y la obligación de restituirla una vez terminado el uso, lo que desvirtúa la alegación de precario planteada por la demandante.

18 de diciembre de 2024

mundodeportivo.com

Casación acogida con disidencia

Ocupación justificada por el vínculo de convivencia con el hermano del demandante y por la residencia de la demandada en el inmueble junto a la hija en común, constituye un título idóneo que excluye la procedencia de la acción de precario.

Resolvió que la ocupación no deriva de la ignorancia o mera tolerancia por parte del dueño, sino que de la existencia de un vínculo de familia entre la demandada y el hermano del actor –anterior propietario del inmueble- quienes mantuvieron una relación de convivencia de la cual nació una hija de actuales 13 años de edad, quien ha vivido la mayor parte de su vida en dicho domicilio junto con su madre.

17 de diciembre de 2024

asnews.mx

Recurso de casación en el fondo acogido.

Usufructuario carece de legitimación activa para deducir acción de precario por corresponder esta acción solo al dueño, resuelve la Corte Suprema.

Resolvió que el usufructuario no puede ejercer la acción de precario, ya que, según el artículo 2195 inciso segundo del Código Civil, esta acción es exclusiva del dueño, quien tiene la facultad de disposición sobre el bien. El usufructuario tiene la calidad de mero tenedor, puesto que su derecho se limita al uso y goce del inmueble, y no le asiste derecho de impedir la tenencia de la cosa por un tercero.

03 de diciembre de 2024

dfmas.df.cl

Recurso de casación en el fondo acogido.

Aunque el contrato de arrendamiento no le sea oponible al comprador conforme al artículo 1962 del Código Civil, no procede interponer una demanda por precario, sino que debe seguirse la acción especial establecida en la Ley N° 18.101.

Resolvió que la acción de precario no procede, ya que la ocupación del inmueble está justificada por un contrato de arrendamiento suscrito con el anterior propietario, el cual, aunque no necesariamente oponible al nuevo comprador, vincula a la demandada con el inmueble, por lo que el conflicto debe resolverse bajo las normas aplicables al contrato de arrendamiento.

09 de noviembre de 2024

sierraabogados.es

Recurso de casación en el fondo acogido, con votos en contra.

No procede acción de precario si el inmueble se ocupa en virtud de un vínculo de convivencia con anterior propietaria y esto es conocido por la demandante, resuelve la Corte Suprema.

Resolvió que dado que el demandado ocupaba y residía en la propiedad antes de que la actora adquiriera el dominio del inmueble y este hecho era conocido por ella, no se configura la mera ignorancia ni la tolerancia pasiva de su parte respecto a la ocupación del demandado, lo que hace improcedente la acción de precario.

11 de octubre de 2024

imagen: www.pjud.cl

Recurso de casación en el fondo acogido.

Acción de precario no procede si el demandado ocupa el inmueble en virtud de un contrato de arrendamiento celebrado con el anterior propietario. Debe recurrir a la acción respectiva que otorga la Ley N°18.101 sobre arrendamiento de predios urbanos.

El máximo Tribunal resolvió que, si se ha establecido que el demandado ocupa el inmueble materia de la litis, de propiedad de la actora, en virtud de un contrato de arrendamiento celebrado con el antecesor de ésta en el dominio de él, para lograr su restitución se debe recurrir a la acción que estatuye el artículo 7 de la Ley N° 18.101, por haber expirado el derecho del arrendador, y no a la acción de precario.

08 de octubre de 2024

tuio.com

Recurso de casación en el fondo acogido.

No procede acción de precario si existe un acuerdo notarial que permite el uso del bien en compensación por servicios prestados, resuelve la Corte Suprema.

La controversia jurídica radica en determinar la naturaleza del título que invoca la demandada y si los hechos asentados en la causa se encuadran dentro de la hipótesis de mera tolerancia que habilita al dueño de una propiedad para accionar de precario contra el o los ocupantes.

24 de septiembre de 2024

Imagen: Microjuris

Línea Jurisprudencial.

Acción de precario. Títulos que justifican ocupación.

Ex conviviente con hija común, tiene título que justifica ocupación. Cesión de derechos es título que justifica ocupación. Nuera de dueña de inmueble tiene título que justifica su ocupación. Ejercicio de cuidado personal de hijo común es título que justifica la ocupación. Contrato en que se autoriza la construcción y explotación de parte de bien inmueble es título que justifica su ocupación son algunos criterios jurisprudenciales que a continuación se desarrollan.

10 de julio de 2024

Imagen: reforma.com

Línea jurisprudencial.

Acción de precario. Títulos que justifican ocupación.

Cónyuge de antiguo dueño tiene título que justifica su ocupación. Vivir en inmueble hace más de 20 años en virtud de ser la pareja del dueño anterior es título que justifica ocupación. Ex conviviente con hija común tiene título que justifica ocupación. Ser ex pareja de hijo de demandante y habitar con hija común es título que justifica ocupación, son algunos criterios jurisprudenciales que a continuación se desarrollan.

04 de julio de 2024

imagen: quoracdn.net

Desahucio decretado.

Hombre debe abandonar el hogar de sus padres por maltratarlos y no contribuir a los gastos comunes, resuelve un tribunal español.

El actor puede poner fin a la situación de precario existente, pretensión frente a la que nada ha alegado el demandado ni ha acreditado título que le habilite para poseer los inmuebles, razón por la que debe estimarse la demanda. La relación de parentesco entre las partes no determina la atribución de título para el uso del inmueble del que son titulares los demandados.

10 de febrero de 2024