Ley N° 20.009
Corte Suprema ordena a Banco Estado restituir fondos por fraude electrónico
El máximo Tribunal confirmó la sentencia que ordenó al banco devolver hasta 35 UF a un cliente estafado mediante fraude telefónico, tras constatar que la entidad desconoció el procedimiento legal de restitución previsto en la Ley N° 20.009 y afectó el derecho de propiedad del afectado

La Corte Suprema confirmó la sentencia dictada por la Corte de Concepción, que acogió parcialmente un recurso de protección presentado por un cliente en contra del Banco del Estado de Chile, tras denegar la restitución de la suma equivalente a 35 UF que le fue sustraída mediante fraude electrónico.
El recurrente relató que fue víctima de una estafa telefónica los días 12 y 13 de septiembre de 2024, en la que un tercero, haciéndose pasar por ejecutivo bancario, lo indujo a entregar datos de seguridad. Esto permitió la solicitud fraudulenta de un crédito de consumo por aproximadamente $17.180.000.- y la realización de múltiples transferencias por un total cercano a $6.000.000.- desde sus cuentas.
El afectado acusó al Banco Estado de no implementar los protocolos de seguridad exigidos por la normativa vigente y no alertar sobre movimientos inusuales, facilitando el fraude. A pesar de las denuncias presentadas ante el Ministerio Público, SERNAC y la Comisión para el Mercado Financiero, el banco continuó cobrando las cuotas del crédito fraudulento.
Temas
Te puede interesar

Recurso de queja acogido
Corte Suprema responsabiliza a banco por fraude electrónico y refuerza protección al consumidor

Recurso de protección rechazado por la Corte Suprema.
Fraude electrónico y sustracción de dinero de cuenta corriente bancaria debe ser denunciado ante el juez de policía local, y no mediante el recurso de protección.

Indemnización de perjuicios.
Corte de Apelaciones de Santiago confirma fallo que acogió demanda contra banco por fraude electrónico.

