Diario Constitucional

Corte ordena restituir funcionario

Corte Suprema ordena restituir a funcionario trasladado ilegalmente tras extenso sumario sin cargos

Considera ilegal la extensión de un traslado preventivo por casi un año sin formulación de cargos ni resolución final en un sumario administrativo, por infringir los principios de celeridad y economía procedimental, así como la garantía constitucional de igualdad ante la ley.

Por Redacción·09 de agosto de 2025·3 min de lectura
Imagen: observador.cl
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La Corte de Apelaciones de Valparaíso acogió un recurso de protección en favor de un funcionario del SAMU en contra del Servicio de Salud Viña del Mar–Quillota, ordenando su restitución al cargo original tras considerar ilegal la prolongación de una medida de traslado preventivo en el marco de un sumario administrativo que, a casi un año de iniciado, no había culminado ni se habían formulado cargos.

El recurrente expuso que, tras una discusión con un superior a propósito del uso de los espacios de estacionamiento en el recinto del SAMU, fue objeto de un traslado preventivo al Hospital Gustavo Fricke como consecuencia de un sumario administrativo iniciado en junio de 2024, el cual, a la fecha del recurso, no había culminado ni derivado en la formulación de cargos. Alegó que la medida se mantenía de manera indefinida y sin fundamento suficiente, afectando su estabilidad funcional, con vulneración de su derecho a la igualdad ante la ley, en la medida que se lo discrimina arbitrariamente frente a otros funcionarios en situaciones similares, cuyas solicitudes habían sido tramitadas oportunamente.

El Servicio de Salud sostuvo que no existe ilegalidad ni arbitrariedad en su actuación, toda vez que el sumario administrativo seguía en etapa indagatoria y que la medida de traslado adoptada era de carácter transitorio, sin afectar el grado ni las remuneraciones del funcionario. Alegó, además, que el procedimiento sumarial se encontraba amparado en la normativa vigente y que, conforme al criterio de la Contraloría General de la República, los plazos legales no son fatales para la Administración. Finalmente, sostuvo que el recurso de protección no era la vía idónea para revisar el mérito de la investigación ni la legalidad de las medidas adoptadas en su curso, descartando asimismo la existencia de trato discriminatorio.

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