Diario Constitucional

Recurso de protección acogido

Corte Suprema ordena tramitar residencia temporal de menor de edad pese a falta de documentos de identidad

El máximo Tribunal señaló que la falta de documentos de identidad no constituye un impedimento para que un menor de edad gestione su residencia temporal en Chile. Asimismo, precisó que archivar los antecedentes de la solicitud vulnera la normativa vigente de protección de niños, niñas y adolescentes, así como la garantía constitucional de igualdad ante la ley, y ordenó que el procedimiento se tramite de inmediato conforme a los requisitos legales correspondientes.

Por Redacción·21 de agosto de 2025·2 min de lectura
sjmchile.org
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La Corte Suprema revocó la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Valparaíso, que rechazó el recurso de protección interpuesto a favor de una menor de edad en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por archivar su solicitud de residencia temporal debido a la ausencia de documentos de identidad.

La recurrente, representada por sus tutores, señaló que la decisión de archivar su solicitud fue arbitraria e ilegal, al impedir la tramitación de su residencia temporal pese a encontrarse dentro del territorio nacional y amparada por la normativa especial para niños, niñas y adolescentes.

La Corte de Apelaciones de Valparaíso rechazó la acción de protección, concluyendo que no existió arbitrariedad ni ilegalidad en la decisión del Servicio Nacional de Migraciones de archivar los antecedentes de la menor, debido a la falta de documentos que acreditaran su identidad. No obstante, el tribunal señaló que la recurrente puede realizar los trámites necesarios para obtener la documentación faltante y solicitar el desarchivo de sus antecedentes en el futuro.

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