Casación fondo rechazada
Corte Suprema define que la calidad de depositario del SERVIU tiene origen legal y no contractual, delimitando su rol en la regularización de loteos.
Precisó que el rol del SERVIU como depositario responde a una creación legal especial y no a la figura contractual del Código Civil, delimitando así los alcances de su responsabilidad en procesos de regularización de loteos.

La Corte Suprema declaró inadmisible el recurso de casación en la forma y rechazó el de fondo interpuestos en contra de la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Valparaíso que había confirmado la desestimación de una demanda principal y subsidiaria contra el SERVIU regional. La actora sostenía que el organismo debía responder como depositario de un inmueble y ejecutar obras de urbanización en un loteo irregular.
En primera instancia, la parte demandante sostuvo que el SERVIU de Valparaíso, en su calidad de depositario de un inmueble de loteo desde 1974, estaba obligado a restituir el bien y a dejar sin efecto los actos fraudulentos realizados por funcionarios del propio servicio entre 2015 y 2016, que derivaron en la falsificación de escrituras y enajenación ilegítima de lotes. Fundamentó su pretensión en que dicho depósito debía entenderse como contractual y regido por las normas del Código Civil sobre depósito y secuestro, lo que imponía al SERVIU las obligaciones de guarda, restitución y rendición de cuentas.
Solicitó además que el organismo gestionara la recepción definitiva del loteo y el alzamiento de gravámenes que afectaban el dominio, y que fuese condenado al pago de indemnización por daño emergente y moral, alegando en subsidio responsabilidad del Estado por falta de servicio, al haber transcurrido más de 47 años sin que el servicio cumpliera los fines de la Ley N° 16.741.
Temas
Te puede interesar

Casación fondo rechazada
Corte Suprema descarta falta de servicio en atención médica otorgada por Cesfam de Temuco

Casación fondo rechazada
Corte Suprema ratifica tasación en expropiación y rechaza indemnización por lucro cesante.

No denunció infracción de leyes reguladoras de la prueba.
Recurso de casación en el fondo no puede prosperar si no se denuncia y explica como resultan infringidas las leyes decisorias litis, resuelve la Corte Suprema.

