Casación fondo rechazada
Corte Suprema ordena pagar patente por no uso de aguas del río Maipo y descarta que demora administrativa exima del cobro
Ratificó que la ausencia de obras de captación en el punto autorizado obliga al pago de patente por no uso, precisando que solo las causales expresas de la ley permiten eximirse de dicho cobro y destacando que esta figura busca incentivar el uso efectivo de los derechos de agua y evitar su especulación.

La Corte Suprema rechazó el recurso de casación en el fondo interpuesto por Agrícola El Romero en contra de la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago, que había confirmado la Resolución Exenta de 2023 de la Dirección General de Aguas (DGA). Mediante este acto administrativo, se incluyó en el listado afecto al pago de patente por no utilización el derecho de aprovechamiento consuntivo de aguas superficiales y corrientes del río Maipo, de 15 litros por segundo, ubicado en la comuna y provincia de San Antonio, Región de Valparaíso.
La empresa reclamante alegó que contaba con obras para ejercer su derecho, pero que se vio impedida de hacerlo por la demora de casi cinco años de la DGA en resolver solicitudes de traslado de captación presentadas por la anterior titular, lo que la exponía a un cobro que calificó de injusto y a la eventual extinción de sus derechos, enfatizando que “a lo imposible nadie está obligado”.
La Dirección General de Aguas solicitó el rechazo del reclamo, sosteniendo que el derecho de aprovechamiento de Agrícola El Romero no estaba siendo utilizado y que en el punto autorizado no existían obras de captación, lo que hacía plenamente procedente el cobro de patente por no uso. Añadió que las exenciones previstas en el artículo 129 bis 9 del Código de Aguas son de carácter estricto y no aplicaban al caso, pues la demora en resolver solicitudes de traslado no altera la obligación legal, destacando además que nada impedía a la empresa construir las obras en el lugar autorizado, de modo que su inactividad le era imputable.
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