Medioambiente
Corte de Santiago anula autorización de exploración a empresa minera por omitir consulta a comunidad indígena
El tribunal determinó que la DGA vulneró el Convenio 169 de la OIT y la Ley N°19.253 al no consultar a la Comunidad Atacameña de Socaire antes de autorizar la exploración de aguas subterráneas. La resolución impugnada afectaba directamente los recursos hídricos y el territorio ancestral, incluyendo ecosistemas críticos, por lo que se ordenó retrotraer el procedimiento e iniciar un proceso de consulta indígena efectiva conforme a la normativa vigente.

La Corte de Santiago acogió la reclamación interpuesta por la Comunidad Atacameña de Socaire en contra de la Dirección General de Aguas (DGA), por autorizar la exploración de aguas subterráneas por parte de una empresa minera sin realizar el procedimiento de consulta indígena exigido por el Convenio 169 de la OIT.
La reclamante señaló que la DGA otorgó la autorización sin garantizar la participación de la comunidad, vulnerando sus derechos territoriales y sobre los recursos hídricos esenciales para su subsistencia.
La DGA solicitó el rechazo del recurso, argumentando que el procedimiento de autorización de exploración es reglado y que, según el Decreto N°66 de 2013, no requiere consulta indígena. Además, sostuvo que la resolución impugnada se ajustaba a la normativa vigente.
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