Reclamo de ilegalidad rechazado
Corte Suprema confirma multa de 1.500 UTM a CGE por iniciar proyectos eléctricos sin autorización del Coordinador
Ratificó la sanción aplicada por la SEC a CGE, consistente en una multa de 1.500 UTM, tras comprobarse que la empresa puso en servicio dos proyectos de generación sin la autorización previa del Coordinador Eléctrico Nacional, requisito esencial para resguardar la seguridad y continuidad del sistema eléctrico.

La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el reclamo de ilegalidad interpuesto por la Compañía General de Electricidad en contra de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC), manteniendo la multa de 1.500 Unidades Tributarias Mensuales (UTM) aplicada a la empresa.
El conflicto se originó cuando la SEC sancionó a CGE por haber iniciado la puesta en servicio de los proyectos de generación distribuida Don Simón y Aldebarán sin contar con la autorización previa del Coordinador Eléctrico Nacional, exigida por la normativa eléctrica.
La empresa alegó que actuó de buena fe al considerar cumplidos los requisitos de la normativa, ya que contaba con comunicaciones y respuestas positivas del Coordinador Eléctrico Nacional que, a su juicio, la indujeron a error al momento de iniciar la puesta en servicio de los proyectos. Añadió que la omisión sancionada no ocasionó daño real ni afectó a usuarios finales, que no se generó beneficio económico alguno para la compañía, y que su historial previo de cumplimiento era irreprochable. Asimismo, sostuvo que la multa no atendió a su delicada situación económica ni a la ausencia de intencionalidad, por lo que resultaba arbitraria y desproporcionada en relación con la infracción cometida.
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