Reclamación acogida
Corte ordena a la DGA eliminar derechos de agua del listado de pago de patente debido a inconsistencias en certificados de la SISS
La decisión reconoce que la Dirección General de Aguas (DGA) incluyó en el cobro de patentes derechos de aprovechamiento de aguas que estaban afectos a concesión sanitaria y debieron estar exentos. Se ordenó excluir del cobro de patente por no uso de aguas los derechos de aprovechamiento en los que se detectaron inconsistencias.

La Corte de Santiago acogió parcialmente la reclamación interpuesta en contra de la Dirección General de Aguas (DGA), por incluir en el listado de pago de patente por no uso de aguas derechos que estaban afectos a concesión sanitaria.
La reclamante señaló que la DGA mantuvo en el listado de pago de patentes ciertos derechos de aprovechamiento de aguas que estaban afectos a concesión sanitaria y, por tanto, exentos del pago, según los certificados emitidos por la Superintendencia de Servicios Sanitarios (SISS). En particular, alegó que existían inconsistencias entre los distintos certificados presentados, ya que mientras uno de ellos indicaba caudales menores a los registrados en años anteriores, otros respaldaban la exención por estar incorporados en el programa de desarrollo de la empresa.
Por su parte, la DGA solicitó el rechazo del recurso, argumentando que su actuación se ajustó a derecho y se basó exclusivamente en los certificados que tenía a la vista al momento de resolver el recurso de reconsideración. La autoridad sostuvo que no correspondía revisar aspectos técnicos de la concesión o de los caudales históricos, dado que la revisión de la legalidad no constituye una segunda instancia sobre el mérito de la decisión administrativa. Asimismo, indicó que la responsabilidad de presentar la documentación completa y actualizada recaía en la reclamante, por lo que la DGA procedió con los antecedentes disponibles y aplicó correctamente la normativa vigente.
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