Uso indebido de licencias médicas
Cámara aprueba proyecto de ley que permitiría considerar falta de probidad el uso indebido de licencias médicas
La Cámara de Diputados aprobó un proyecto de ley de autoría de la diputada Ximena Ossandón, que modifica el Código del Trabajo para considerar como falta de probidad el uso indebido de licencias médicas por parte de los trabajadores. La iniciativa fue remitida al Senado para continuar su…

La Cámara de Diputados aprobó un proyecto de ley de autoría de la diputada Ximena Ossandón, que modifica el Código del Trabajo para considerar como falta de probidad el uso indebido de licencias médicas por parte de los trabajadores. La iniciativa fue remitida al Senado para continuar su tramitación.
La propuesta modifica la letra a) del N°1 del artículo 160 del Código del Trabajo, norma que regula una de las causales de término del contrato por conductas indebidas de carácter grave. El proyecto incorpora expresamente determinados incumplimientos relacionados con el uso de licencias médicas por incapacidad temporal.
En concreto, se considerará falta de probidad cuando una resolución firme del organismo competente determine que el trabajador infringió, sin causa justificada, las condiciones de reposo indicadas por su médico tratante durante una licencia médica.
La misma consecuencia se aplicará cuando el reposo tenga su origen en una licencia médica respecto de la cual el profesional tratante haya sido sancionado, conforme a la Ley N°20.585, por haberla emitido sin que existiera una atención profesional asociada.
El proyecto establece además que el empleador podrá ejercer las facultades contempladas en el Decreto N°3, de 1984, del Ministerio de Salud, o en la normativa que lo reemplace, para conocer los incumplimientos vinculados al uso de la licencia médica.
De esta forma, la iniciativa busca incorporar expresamente al Código del Trabajo el uso indebido de licencias médicas dentro de las conductas que pueden configurar falta de probidad del trabajador, siempre que los incumplimientos hayan sido determinados conforme al procedimiento y por la autoridad competente.
Vea texto aprobado Boletín N°17.914-13 y siga su tramitación aquí.
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