Diario Constitucional

Regularización de propiedades tras catástrofes

Cámara aprueba procedimiento gratuito para regularizar pequeñas propiedades en zonas afectadas por sismos o catástrofes

La Cámara de Diputados aprobó un proyecto de ley, iniciado por mensaje, que modifica el Decreto Ley N°2.695 para crear un procedimiento especial y gratuito de regularización de la pequeña propiedad raíz en zonas afectadas por sismos o catástrofes. La iniciativa fue enviada al Senado para…

Por Redacción·13 de septiembre de 2026·2 min de lectura
Cámara aprueba procedimiento gratuito para regularizar pequeñas propiedades en zonas afectadas por sismos o catástrofes
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La Cámara de Diputados aprobó un proyecto de ley, iniciado por mensaje, que modifica el Decreto Ley N°2.695 para crear un procedimiento especial y gratuito de regularización de la pequeña propiedad raíz en zonas afectadas por sismos o catástrofes. La iniciativa fue enviada al Senado para continuar su tramitación.

El nuevo mecanismo podrá ser utilizado por personas damnificadas que posean inmuebles con daños importantes o destrucción total o parcial en zonas donde se haya declarado estado de catástrofe. Podrá solicitarse durante la vigencia de esa declaración y hasta seis meses después de su término.

La condición de damnificado podrá acreditarse mediante certificados de daños o inhabitabilidad, documentos del Serviu o la Ficha Básica de Emergencia. Si esos antecedentes no pueden obtenerse oportunamente por problemas de funcionamiento de los organismos públicos, se permitirá presentar inicialmente una declaración jurada simple y completar la documentación dentro de 30 días hábiles.

El procedimiento será completamente gratuito, incluidas las publicaciones en el Diario Oficial, las inscripciones ante el Conservador de Bienes Raíces y la entrega de certificados. Además, las solicitudes correspondientes a lotes ubicados en asentamientos irregulares afectados por la catástrofe tendrán tramitación preferente.

Bienes Nacionales deberá revisar jurídicamente cada solicitud, identificar a los posibles propietarios y verificar los antecedentes del inmueble mediante información de distintos organismos públicos. Si el informe es favorable, se realizará una revisión técnica y posteriormente se publicará un extracto del procedimiento en el Diario Oficial, en el sitio web del Ministerio, en la municipalidad, en el Conservador y en el propio inmueble.

Los terceros que consideren afectados sus derechos podrán oponerse dentro de 10 días hábiles. Si no existe oposición, se ordenará inscribir la posesión en el Conservador de Bienes Raíces. Si existe controversia, Bienes Nacionales deberá resolverla fundadamente y su decisión podrá ser reclamada ante los tribunales.

El proyecto también permite que adultos mayores y personas con enfermedades terminales soliciten el alzamiento de determinadas prohibiciones vinculadas al proceso de regularización. Asimismo, contempla una prórroga de hasta tres meses para personas en situación de especial vulnerabilidad, como adultos mayores, personas con discapacidad, enfermos graves o terminales y habitantes de zonas de difícil acceso.

Las nuevas reglas entrarán en vigor desde la publicación de la ley. También podrán aplicarse a zonas que hayan sido declaradas en estado de catástrofe desde el 1 de enero de 2026, dentro de los plazos establecidos por la iniciativa.

Vea texto aprobado Boletín N°18.464-14 y siga su tramitación aquí.

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