Diario Constitucional

Precedente jurisprudencial

Justicia europea establece que trabajadores con múltiples contratos deben recibir beneficios por todos sus ingresos

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) resolvió que los derechos de los empleados a tiempo completo que además trabajan a tiempo parcial deben calcularse considerando ambos ingresos. La decisión aborda el caso de catorce docentes que, entre 2019 y 2022, ejercieron labores con…

Por Redacción·15 de octubre de 2026·2 min de lectura
Justicia europea establece que trabajadores con múltiples contratos deben recibir beneficios por todos sus ingresos
Referencial

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) resolvió que los derechos de los empleados a tiempo completo que además trabajan a tiempo parcial deben calcularse considerando ambos ingresos. La decisión aborda el caso de catorce docentes que, entre 2019 y 2022, ejercieron labores con contrato indefinido y, simultáneamente, bajo una modalidad a plazo fijo por horas en su mismo lugar de trabajo.

Durante ese periodo, las compensaciones por vacaciones anuales y asignaciones de alimentación de estos funcionarios se calcularon exclusivamente sobre la base de su contrato de duración indefinida. Ante esto, los afectados demandaron a través de su sindicato solicitando un pago proporcional al tiempo extra trabajado. Un tribunal de primera instancia falló a su favor en 2023, pero el empleador apeló la decisión.

El tribunal de apelación consultó a la justicia europea si la normativa comunitaria permite que los beneficios de un trabajador con múltiples contratos se calculen usando solo su contrato principal. Al respecto, el TJUE recordó que el derecho a cuatro semanas de vacaciones anuales pagadas es un principio fundamental del derecho social que no admite excepciones.

Durante el descanso anual, la remuneración debe situar al trabajador en una posición económica comparable a la de sus periodos de trabajo regular. La exclusión de las horas del contrato a plazo fijo obligó a los jueces a aplicar los acuerdos vigentes sobre trabajo a tiempo parcial y de duración determinada. Además, la corte precisó que las asignaciones de alimentación constituyen formalmente condiciones de empleo.

La sentencia subraya que las normativas prohíben dar un trato menos favorable a quienes tienen contratos a plazo fijo o jornadas parciales en comparación a los trabajadores con contratos indefinidos. Estas prohibiciones son la expresión del principio general de igualdad. Este marco protege contra la discriminación laboral, incluso cuando una misma persona acumula dos empleos de forma simultánea.

Finalmente, determinó que la diferencia de trato observada en la situación de estos trabajadores no tiene una justificación objetiva. Además, señaló que el principio de proporcionalidad temporal no se aplicó de manera correcta. En consecuencia, la legislación europea prohíbe las normativas nacionales que limiten el cálculo de los beneficios económicos exclusivamente al contrato principal en casos de acumulación laboral.

Vea sentencia Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

Constitucional AI: El fallo, a la vista. Prueba gratis.

Te puede interesar

Constitucional AI: La IA que cita. Tribunal, rol, fecha, enlace. Prueba gratis.