Fiscalización municipal
Consejo para la Transparencia detecta que 73 municipalidades no publican sus planes comunales de seguridad pública
El Consejo para la Transparencia (CPLT) detectó que 73 municipalidades del país, equivalentes al 21% del total, no mantenían publicados sus planes comunales de seguridad pública, documentos que permiten conocer los principales problemas de delincuencia de cada comuna, las medidas previstas para…

El Consejo para la Transparencia (CPLT) detectó que 73 municipalidades del país, equivalentes al 21% del total, no mantenían publicados sus planes comunales de seguridad pública, documentos que permiten conocer los principales problemas de delincuencia de cada comuna, las medidas previstas para enfrentarlos y los compromisos asumidos por las autoridades locales.
El hallazgo forma parte de una fiscalización extraordinaria realizada entre enero y febrero de 2026, que examinó las páginas web institucionales y los portales de transparencia de las 345 municipalidades del país. La revisión comprendió diez categorías de información cuya publicación es exigida por distintas disposiciones legales, más allá de las obligaciones establecidas directamente en la Ley de Transparencia.
El organismo explicó que el acceso a estos antecedentes permite a los vecinos conocer los riesgos de seguridad identificados en sus comunas, adoptar medidas preventivas y verificar el cumplimiento de los compromisos de las autoridades. Asimismo, facilita el seguimiento de políticas públicas relacionadas con el desarrollo urbano, la protección de la infancia y la inclusión de personas con discapacidad.
En materia de seguridad, la fiscalización constató que 272 municipalidades mantenían publicados sus planes comunales de seguridad pública. Estos instrumentos contienen un diagnóstico de los principales problemas que afectan a cada territorio, junto con objetivos, metas, acciones y mecanismos de seguimiento de los compromisos adoptados en los respectivos Consejos Comunales de Seguridad Pública.
Los planes tienen una vigencia de cuatro años y deben actualizarse anualmente, con el propósito de adecuar las medidas a la evolución de los problemas de seguridad de cada comuna.
Sin embargo, el Consejo también identificó inconsistencias en la información disponible. En 174 de los 272 municipios que publicaban sus planes, los períodos de vigencia informados no coincidían con los registrados por la Subsecretaría de Prevención del Delito, organismo al cual las municipalidades deben remitir los documentos aprobados.
Estas diferencias dificultan que los ciudadanos puedan determinar si los instrumentos publicados corresponden efectivamente a los planes vigentes y si las acciones comprometidas se encuentran actualizadas.
La presidenta del Consejo para la Transparencia, Natalia González, advirtió que las obligaciones de publicidad de los organismos públicos no se limitan a las disposiciones contenidas en la Ley de Transparencia.
“La transparencia no se agota en las obligaciones establecidas por la Ley de Transparencia. Hay una serie de obligaciones de publicación de información de alto interés público dispersas en la legislación y que son directamente aplicables a municipalidades. Los resultados evidencian rendimientos dispares en la publicación de materias tan relevantes como desarrollo urbano, seguridad, niñez e inclusión, las cuales deben poder conocerse por las personas de manera clara, completa y actualizada”, sostuvo.
Proyectos inmobiliarios: solo tres municipios publicaban informes de impacto vial
La fiscalización también evidenció importantes deficiencias en la publicación de antecedentes relacionados con proyectos inmobiliarios y sus efectos sobre la infraestructura urbana.
Según la información proporcionada por la Subsecretaría de Transportes, 295 municipalidades contaban con proyectos inmobiliarios cuyos informes de mitigación de impacto vial habían sido aprobados. No obstante, el Consejo encontró estos documentos publicados en solo tres municipios: Los Andes, Pichilemu y Teno.
Estos informes permiten conocer las medidas destinadas a compensar los efectos que determinados proyectos inmobiliarios pueden generar sobre el tránsito y la movilidad de los sectores donde se emplazan.
Entre las acciones contempladas pueden encontrarse la instalación de semáforos, la incorporación de señalización vial y la ejecución de mejoras para el transporte público, entre otras intervenciones destinadas a reducir los impactos sobre la circulación y el espacio urbano.
Ante esta situación, en julio de 2026 el CPLT requirió a las municipalidades publicar mensualmente los informes de mitigación de impacto vial y las resoluciones que los aprueban, modifican o rechazan.
La revisión también abordó la transparencia en el uso de los aportes que los proyectos inmobiliarios deben efectuar, conforme a la ley, para financiar mejoras en movilidad y espacio público.
En este ámbito, el organismo constató que, de las 50 municipalidades que publicaban sus planes de inversiones en movilidad y espacio público, únicamente tres mantenían disponibles las rendiciones de cuentas sobre la utilización de dichos recursos.
Esta información resulta relevante para conocer el destino de los aportes recibidos y verificar su utilización en las obras y medidas destinadas a mejorar la infraestructura comunal.
Protección de la niñez: 93 municipalidades no publicaban actas de coordinación
En materia de protección de niños, niñas y adolescentes, la fiscalización examinó la publicación de las actas correspondientes a las mesas de articulación interinstitucional de niñez y adolescencia.
Estas instancias tienen por finalidad coordinar el trabajo de los servicios de salud, educación, protección y programas sociales, con el propósito de abordar de manera conjunta las necesidades y situaciones que afectan a la población infantil y adolescente.
De acuerdo con los antecedentes proporcionados por la Subsecretaría de la Niñez, 147 municipalidades realizaron sesiones de estas mesas durante el primer semestre de 2025.
Sin embargo, el CPLT constató que 93 de ellas no publicaban las actas correspondientes, mientras que otras 11 solo mantenían disponibles documentos del año 2024.
El organismo recordó que estos antecedentes deben encontrarse disponibles para conocimiento público, resguardando los datos personales cuya protección corresponda conforme a la normativa vigente.
La falta de publicación dificulta conocer las materias abordadas por estas instancias, los acuerdos alcanzados y las medidas de coordinación adoptadas por los organismos participantes.
Inclusión laboral: solo 37 municipios publicaban los reportes exigidos
La fiscalización también examinó el cumplimiento de las obligaciones de transparencia relacionadas con la inclusión laboral de personas con discapacidad.
En este ámbito, el Consejo constató que únicamente 37 de las 332 municipalidades que debían publicar los reportes correspondientes a 2024 mantenían disponible dicha información.
Estos documentos permiten conocer el cumplimiento de las obligaciones legales de inclusión laboral y, cuando corresponda, las razones fundadas que las instituciones invocan para justificar su incumplimiento.
La ausencia de estos antecedentes limita la posibilidad de verificar las medidas adoptadas por los municipios para promover la incorporación de personas con discapacidad al empleo público y evaluar el cumplimiento de las exigencias legales aplicables.
CPLT advierte dificultades para ejercer el control ciudadano
A partir de los resultados de la fiscalización, el Consejo para la Transparencia concluyó que persisten importantes dificultades para acceder a información pública que las municipalidades están legalmente obligadas a mantener disponible.
Entre los principales problemas identificados se encuentran la dispersión de documentos en distintas secciones de los sitios institucionales, la falta de actualización de los antecedentes y las inconsistencias entre la información publicada por los municipios y los registros de organismos de la Administración central.
El organismo advirtió que estas deficiencias dificultan que las personas encuentren la información, comprueben su integridad y verifiquen si corresponde a antecedentes actualizados.
Asimismo, recordó que las obligaciones de publicación establecidas en leyes distintas de la Ley de Transparencia también constituyen exigencias legales que las municipalidades deben cumplir.
El Consejo para la Transparencia es el organismo encargado de promover y fiscalizar el cumplimiento de la Ley de Transparencia, además de garantizar el ejercicio del derecho de acceso a la información pública.
En ese contexto, recordó que las personas pueden presentar reclamos a través del sitio web www.cplt.cl cuando un organismo no publica información exigida por dicha normativa.
Los incumplimientos injustificados de las obligaciones de transparencia pueden dar lugar a multas de entre el 20% y el 50% de la remuneración mensual de la autoridad, jefe de servicio o funcionarios responsables, según corresponda.
De esta manera, la fiscalización puso de manifiesto que la disponibilidad de información municipal no solo constituye una exigencia legal, sino también una herramienta para que los vecinos conozcan las decisiones de sus autoridades, supervisen la utilización de recursos públicos y evalúen el cumplimiento de los compromisos asumidos en materias que inciden directamente en su calidad de vida.
Revise el resumen de la fiscalización del Consejo para la Transparencia.





