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Prevalece el interés público

Justicia suiza confirma legalidad de plan operativo de aeropuerto frente a exigencias ambientales y acústicas

El tribunal administrativo federal (Suiza) rechazó los recursos presentados contra la resolución ministerial que aprobó dos modificaciones al reglamento de explotación del aeropuerto internacional de Ginebra, los planos para una nueva calle de salida rápida de aeronaves y el levantamiento de…

Por Redacción·22 de octubre de 2026·2 min de lectura
Justicia suiza confirma legalidad de plan operativo de aeropuerto frente a exigencias ambientales y acústicas
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El tribunal administrativo federal (Suiza) rechazó los recursos presentados contra la resolución ministerial que aprobó dos modificaciones al reglamento de explotación del aeropuerto internacional de Ginebra, los planos para una nueva calle de salida rápida de aeronaves y el levantamiento de restricciones para puestos de estacionamiento. La judicatura descartó infracciones a las normativas sobre límites de inmisión de ruido, calidad del aire y protección del clima.

La resolución judicial constató que los niveles sonoros superan los estándares aplicables, en especial por despegues nocturnos postergados más allá del límite habitual. No obstante, el tribunal determinó que erradicar totalmente las molestias exigiría suprimir el 90% del tráfico comercial, medida incompatible con la operatividad del recinto, por lo que respaldó fijar techos de ruido combinados con excepciones justificadas.

El fallo validó el sistema de cuotas sonoras ideado para limitar las salidas rezagadas y mantuvo el permiso especial para tres vuelos semanales de larga distancia en horario nocturno, siempre que se computen en el límite total asignado. El tribunal corroboró los cálculos técnicos de previsión acústica y concluyeron que el interés público del aeropuerto resulta preponderante frente a las limitaciones requeridas.

Respecto de la infraestructura, la sentencia confirmó la construcción de una pista secundaria de desvío ágil que permitirá a los aviones despejar la calzada principal velozmente para eludir congestiones en tierra. Esta intervención técnica tiene por finalidad mejorar el flujo interno del tráfico aéreo sin que ello implique una ampliación de la capacidad general de transporte del terminal.

El fallo ratificó asimismo la idoneidad técnica del plan sectorial de infraestructura aeronáutica acordado entre las autoridades gubernamentales. La magistratura concluyó que este instrumento carece de errores de cálculo y respeta la zonificación territorial progresiva fijada para contener las molestias acústicas y asegurar su reducción futura.

Finalmente, los jueces desestimaron las impugnaciones sobre calentamiento global al precisar que las normas vigentes de protección climática no facultan frenar proyectos individuales concretos. El tribunal recordó que el control de emisiones se rige por certificaciones técnicas de aparatos, compensaciones globales de carbono y combustibles sostenibles, dejando abierta la opción de recurrir ante el tribunal supremo.

Vea sentencia tribunal suizo

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