Diario Constitucional

Histórica sanción

Tribunal de EE.UU. condena a Meta a pagar 25.000 millones de dólares por violar privacidad de usuarios

Un tribunal del estado de Nuevo México (Estados Unidos) dictó una sentencia que obliga a Meta al pago de 25 mil millones de dólares en multas tras acreditarse que engañó de forma reiterada a los usuarios respecto de sus políticas de privacidad, el acceso de terceros a datos personales y sus…

Por Redacción·26 de octubre de 2026·3 min de lectura
Tribunal de EE.UU. condena a Meta a pagar 25.000 millones de dólares por violar privacidad de usuarios
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Un tribunal del estado de Nuevo México (Estados Unidos) dictó una sentencia que obliga a Meta al pago de 25 mil millones de dólares en multas tras acreditarse que engañó de forma reiterada a los usuarios respecto de sus políticas de privacidad, el acceso de terceros a datos personales y sus planes contra la desinformación y los mensajes de odio. La decisión complementa el pronunciamiento emitido el 25 de septiembre por un jurado, el cual constató 43.899.720 infracciones intencionadas a la Ley de Prácticas Comerciales Desleales local mediante conductas engañosas.

El origen de las infracciones se sustentó en 26 declaraciones formuladas entre mayo de 2010 y agosto de 2021 a través de comunicaciones institucionales, conferencias financieras y entrevistas donde intervinieron el director ejecutivo Mark Zuckerberg y la exdirectora de operaciones Sheryl Sandberg. La autoridad del Ministerio Público local, representada por el fiscal general Raúl Torrez, informó los alcances del dictamen que sanciona de manera inédita a una firma tecnológica, centrándose en el control de la información ciudadana, el traspaso de antecedentes a entidades externas y la falta de coherencia en la moderación de contenidos.

Durante la etapa probatoria se expusieron registros internos donde Zuckerberg señalaba que la comunidad probablemente no comprendía la configuración de seguridad vigente, facilitando que programadores externos recopilaran información sobre contactos de los usuarios sin su conocimiento efectivo. Asimismo, el manejo del caso Cambridge Analytica resultó determinante en la causa, pues aunque la firma comunicó en 2014 que restringiría la recolección de antecedentes de perfiles vinculados, las evidencias revelaron que se proyectaban excepciones operativas en beneficio de determinados socios comerciales de la corporación.

Tras revelarse el caso Cambridge Analytica en 2018, la compañía comprometió auditorías a programas sospechosos de indebida utilización de datos, la eliminación de infractores, la supresión de archivos obtenidos ilegalmente y la advertencia oportuna a los titulares perjudicados. El tribunal concluyó que dichos ofrecimientos no se cumplieron en la práctica, existiendo antecedentes documentales que demostraban que la administración conocía la ineficacia de sus revisiones, consolidando un esquema de declaraciones públicas desalineadas de sus mecanismos técnicos reales y superando el efecto disuasorio de acuerdos previos con la Comisión Federal de Comercio.

Este litigio coincide con otra causa civil tramitada en la misma jurisdicción relativa a la indemnidad digital de menores de edad, donde en marzo de 2026 se impuso una condena de 375 millones de dólares por exponer el bienestar infantil en las plataformas. Posteriormente, en agosto el tribunal sumó 567 millones de dólares por conceptos indemnizatorios y decretó un régimen de vigilancia judicial por cinco años para regular los entornos de Facebook e Instagram, consolidando un monto acumulado de 942 millones de dólares en dicho expediente paralelo.

En la causa principal caratulada Estado de Nuevo México contra Meta Platforms, Inc., el juez ponderó que el marco legal autorizaba un tope de 219.500 millones de dólares a razón de 5.000 dólares por cada falta. Atendida la gravedad, prolongación y dolo en los hechos, el sentenciador rebajó el monto final a 25.000 millones de dólares con un interés anual del 15% hasta su pago efectivo, descartando las impugnaciones de la defensa al calificar la suma como una sanción civil legítima, mientras queda pendiente la resolución sobre eventuales requerimientos accesorios.

Vea texto de la sentencia.

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