"Se debe descartar que actuar de órgano contralor fuere contrario a la ley y/o arbitraria".
Corte de Apelaciones acoge recurso de protección y ordena a Municipalidad de Antofagasta devolver dineros descontados por concepto de horas extra a 42 funcionarios observadas por informe de Contraloría.
El Tribunal de alzada rechazó, además, el recurso respecto de la Contraloría Regional de Antofagasta, al considerar que su actuar se ajustó a derecho.

La Corte de Apelaciones de Antofagasta acogió parcialmente el recurso de protección presentado por 42 funcionarios de la Municipalidad de Antofagasta y ordenó a la institución edilicia devolver las sumas descontadas de sus remuneraciones por concepto de horas extraordinarias observadas por informe de Contraloría.
La sentencia sostiene que el ente contralor actuó legalmente facultado y en el marco de sus atribuciones de fiscalización sobre la I. Municipalidad de Antofagasta, incluso accediendo a la solicitud subsidiara efectuada por los funcionarios, por lo que se debe descartar que su actuar fuere contrario a la ley y/o arbitraria.
El fallo indica que el actuar de la I. Municipalidad recurrida deviene en arbitrario e ilegal en relación con los descuentos realizados a las remuneraciones de los funcionarios recurrentes, pues debió previamente realizar un sumario administrativo para determinar responsabilidades de personas determinadas en la Municipalidad, por el irregular pago de horas extraordinarias observado por la Contraloría, caso contrario es dicho ente quien debe responder y no los trabajadores, tornándose así ilegal y arbitrario el actuar denunciado por parte del órgano municipal, porque de ello, pueden originarse hasta responsabilidades penales. En razón de lo anterior, se acogerá el recurso en contra de la Ilustre Municipalidad de Antofagasta.
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