Con voto disidente.
Corte de Arica rechazó habeas corpus de ciudadano peruano expulsado del país.
La Segunda Sala del tribunal de alzada confirmó la resolución recurrida, por considerar que se decretó sin vulneración de ley.

Con voto disidente, la Corte de Apelaciones de Arica rechazó el recurso de amparo presentado por la defensa y por el Centro de Atención al Migrante, en contra de la Intendencia Regional de Arica y Parinacota que decretó la expulsión del país de Víctor Marcos Ramos Pérez, ciudadano peruano que ingresó al territorio nacional por un paso no habilitado.
La Segunda Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Marcelo Urzúa Pacheco, María Verónica Quiroz Fuenzalida y el abogado (i) Carlos Ruiz Larral– confirmó la resolución recurrida, por considerar que se decretó sin vulneración de ley.
En su sentencia, indica que, existiendo un decreto vigente dictado por la autoridad competente, dentro del ámbito de sus atribuciones y que encuentra fundamento legal en el artículo 7 del Decreto Ley N 1094, por lo que la medida se ajusta plenamente a las normas legales que rigen la materia, solo corresponde a esta Corte desestimar el presente recurso de amparo por las razones anteriormente expuestas.
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