Recurso de amparo acogido.
Libertad condicional deberá ser concedida, ya que el informe de Gendarmería lo recomienda de manera expresa, resuelve la Corte de Rancagua.
El amparado se encuentra cursando primer año de enseñanza media y realiza labores de albañilería y madera en el CET, sumado a que tiene un grupo familiar que le brindaría apoyo a objeto de evitar posibles conductas de riesgo.

La Corte de Rancagua acogió el recurso de amparo interpuesto en contra de la Comisión de Libertad Condicional que negó la libertad a un condenado por los delitos de robo en lugar habitado o destinado a la habitación y de robo en lugar no habitado.
El recurrente alegó que la resolución impugnada es arbitraria, ya que hasta la fecha ha tenido claros avances en el Centro de Educación y Trabajo, unidad donde ha realizado labores de albañilería y madera; y cuenta con una red de apoyo de su progenitora, por lo que denegar el beneficio de libertad condicional con ocasión de un informe psicosocial elaborado por el equipo técnico de Gendarmería, que considera que no satisface lo previsto en el numeral 3° del artículo 2 del Decreto Ley N°321, en cuanto se evidencian factores de riesgo de reincidencia y de escasa consciencia de la gravedad del delito, impiden avanzar en su proceso de reinserción social, vulnerándose la libertad personal y seguridad individual.
El recurrido informó que “(…) el informe psicosocial señala que el postulante presenta un riesgo de reincidencia medio, identificando antecedentes de consumo, problemas de adherencia, personalidad limítrofe, además de minimizar la comisión de ilícitos, se encuentra en pleno desarrollo de su intervención, con una salida dominical que, se sugiere observar con el fin de promover la excarcelación progresiva.”
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