Recurso de protección acogido.
Corte de Santiago ordenó a empresa inmobiliaria suspender de inmediato el arriendo de departamentos por días de edificio emplazado en el centro de esquí El Colorado.
El Tribunal de alzada estableció el actuar arbitrario de la inmobiliaria al utilizar los departamentos para fines no autorizado por el reglamento de copropiedad.

La Corte de Apelaciones de Santiago acogió el recurso de protección interpuesto por copropietarios y le ordenó a la empresa Inmobiliaria Valle Olímpico SA, suspender de inmediato el arriendo de departamentos por días de edificio emplazado en el centro de esquí El Colorado.
El fallo señala que, la ley 19.537, de copropiedad inmobiliaria, en cuanto al uso y goce del departamento y sitios comunes, y que recae sobre los diversos pisos y los departamentos en que se divide cada uno, dispone que cada propietario usará de estos en forma ordenada y tranquila. Que este no podrá, en consecuencia, hacerlo servir a otros objetos que los convenidos en el reglamento de copropiedad, o a falta de este, a aquellos a que el edificio está destinado o que deban presumirse de su naturaleza y ubicación. Tampoco el copropietario podrá ejecutar acto alguno que perturbe la tranquilidad de los demás propietarios.
La resolución agrega que, atendida la naturaleza y ubicación de los departamentos de la recurrida y el alto número de estos dados en arriendo por día de tiempo a terceros, les resulta atinente la norma legal que preceptúa que el copropietario responde de la culpa leve por los daños que cause en la utilización de los bienes comunes, artículo 2308 del Código Civil, lo que significa que el copropietario, atendido que no es dueño exclusivo, le está prohibido ejecutar actos que menoscaben o lesionen el objeto del condominio, menoscabo que hace realidad la demandada al dar un uso ordinario a los espacios comunes semejante a los de un hotel u hostal y no al que legalmente le corresponde.
Comentarios (12)
Rolando Franco Muy interesante, habrá que ver qué dice la Corte Suprema; y, después, dependiendo de lo que se resuelva ver qué consecuencias traerá para el mercado.
Osvaldo Cornejo Esta de acuerdo con la ley de copropiedad inmobiliaria, pues el uso de los espacios comunes y de todo las salas piscina, estacionamientos etc. Es para copropietarios y no puede ser que se le quiera dar las caracteristicas de un hotel , hostal o motel al arrendar por dias.
Sonchan Tas terribles dechancaca ¿Y cual seria el Plazo mínimo para un arrendamiento su Señoría: dos días, una semana, un mes, seis meses, un año o lo que sea su voluntad?
Renato Deformes T. Lamentablemente, termina siendo una constante en la que el «mercado» debe terminar regulando los auténticos y reales derechos de los sopropietarios que, no sólo inviertieron en el inmueble, sino que lo ocupan para usarlo según su destino y para que otros lo usen como hoteles, haciendo uso indiscriminado de los bienes y espacios comunes, incluidos el personal sin asumir sus costos. Señor Franco, ¿Ud. vive o ha vivido en una comunidad con este tipo de combinaciones? Lo puedo invitar a conocer varias de ellas y no se si después continuará pensando sólo en el mercado.
Ricardo Muy malo para el condominio q verá afectado sus ingresos para cubrir gastos comunes y se vulnera la libertad de propiedad en el libre uso de ella.
Francisca H.V. Si es un edificio en el que un grupo de inversionista compró el edificio completo para estos fines, no sería problema. Sin embargo, si una inmobiliaria vende a particulares alguna de sus unidades, pienso que pierde el derecho de arrendamiento por día de las otras unidades, porque quienes invirtieron como particulares fue para vivir tranquilamente allì. Lamentablemente no todo visitante que arrienda por días tiene la educación ni conciencia como para respetar la propiedad ajena y tranquilidad de otros.
Beatriz Muy buenos, entiendo que muchos critiquen los arriendos diarios, donde en diferentes lugares son con estadía mínima de 3 noches, y por que se olvidan de los arriendos mensuales, sé de un edificio donde vive gente por meses vivieron los asesinos del Cangri, en otra ocacion vivian otros que asesinaron a un joven, en otro existían garitos, otros edificios tienen problemas con matrimonio que se pegan y hacen escándalos entonces cual es la gran diferencia que los diarios generalmente están un par de días y después se van,
Julieta Me parece justo y buen ejecutado esta resolución. En cuanto al mercado inmobiliario o se adapta a las nuevas condiciones y necesidades o simplemente muere. Porque de seguir explotando en cada rincón del país, va a saturar todas las áreas y el desequilibrio no solo ecológico.
Leyla Sammur La verdad es muy molesto que arrienden por días departamentos, donde uno vive. Es gentexque no se conoce, gritan en los pasillos y se enfiestan con bulla hasta tarde . La verdad es un desagrado y no corresponde que unos lucren en desmedro del resto .
Cristina lawell Que significa, ya está construido, si no lo pueden arrendar por día, no sería negocio, la gente va por días, que absurdo, las leyes son nefastas, no ayudan en nada.
Rubén Meléndez Por lo general la corte suprema falla a favor de la inmobiliaria, permite el arriendo y además le quita beneficios y derechos a la parte demandante quedando en evidencia la falta de ética y sentido común de nuestro sistema judicial, en mi caso fui victima de este proceder al ganar un juicio en provincia luego en Santiago y finalmente perderlo justamente ante la corte de apelaciones. Esto es algo que se ha puesto en evidencia en casos de corrupción política, empresarial etc donde las resoluciones favorecen a quienes tienen influencia política, monetaria o intereses de otras índoles…
Gabriel gutierrez Un fallo que afectará un negocio informal que es a gran escala en santiago… Este no es un caso aislado…. Hay que ver que pasara en el tribunal superior..
Te puede interesar

Recurso de protección acogido.
CS ordena al Banco Estado restituir en cinco días la suma que le fue sustraída a un cliente víctima de un fraude bancario.

Con voto en contra.
Corte de Puerto Montt ordena eliminar “funa” publicada por turista que fue expulsada en términos violentos de una playa en Metri.

Recurso de protección acogido.
Corte de Iquique ordena a Municipalidad de esa ciudad adoptar todas las medidas necesarias para fiscalizar y evitar la instalación de comerciantes no autorizados en feria itinerante.

