Derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación.
CS acoge recurso de protección y ordena a empresas dedicadas a plantaciones de paltos y frutales en Pichidegua paralizar sus trabajos hasta el pronunciamiento de la autoridad ambiental.
Al existir una amenaza al derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación de los habitantes de la comuna, se deben adoptar las medidas cautelares necesarias para evitar su materialización.

La Corte Suprema revocó la sentencia pronunciada por la Corte de Rancagua y acogió el recurso de protección interpuesto por la Municipalidad de Pichidegua en contra de empresas dedicadas a la plantación de paltos y frutales, y ordenó paralizar sus trabajos hasta el pronunciamiento de la autoridad ambiental.
En su libelo, el actor expone que las empresas han procedido a realizar obras en los cerros de la comuna, aumentando las áreas destinadas a monocultivos de paltos y frutales, lo que afecta la biodiversidad del lugar y el patrimonio ambiental, pues realizan quemas no autorizadas y retiro masivo de especies vegetales nativas.
Explica que comparece en virtud de su facultad para representar los intereses de sus habitantes por los hechos denunciados, los cuales estima que resultan vulneratorios de los derechos constitucionales del artículo 19 N°1°, 8° y 24 de la Carta Fundamental y solicita se ordene a los recurridos abstenerse de continuar realizando las alteraciones señaladas.
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