"La demandada no logró acreditar que ocupa el inmueble bajo un justo título".
CS confirma fallo que acogió demanda de precario y ordenó la restitución de vivienda a sus legítimas dueñas.
El máximo Tribunal descartó error de derecho en la sentencia recurrida, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, que confirmó la de primer grado que estableció que la recurrente no acreditó título para ocupar el inmueble.

La Corte Suprema declaró inadmisible el recurso de casación en la forma y rechazó el recurso de casación en el fondo interpuesto en contra de la sentencia que acogió demanda de precario y ordenó la restitución de vivienda, ubicada en la villa Robert Kennedy de la comuna de Estación Central, a sus legítimas dueñas.
La sentencia indica que ha asentado que la demandada ocupa el inmueble reclamado y que dicha ocupación la detenta sin un título o contrato que la sustente jurídicamente. Señala, en cuanto a la comunidad de bienes que invoca la demandada, que la inscripción de la escritura compraventa celebrada con la actora antes del fallecimiento del causante –el día 16 de junio de 2016– ha producido el efecto de transferir el dominio del inmueble y que, en este escenario, la demandada no logró acreditar que ocupa el inmueble bajo un justo título.
La resolución agrega que las transgresiones denunciadas persiguen desvirtuar el supuesto fáctico fundamental asentado en el fallo impugnado. Al respecto, cabe señalar que los hechos fijados en una sentencia son el resultado de la ponderación judicial de la prueba rendida.
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