Por unanimidad.
CS confirmó sentencia que rechazó protección deducido por médico cirujano contra USACH y Servicio de Salud Metropolitano Occidente por ser suspendida del programa de especialización en cirugía.
La recurrente estimó que se vulneró sus garantías del artículo 19 de la Constitución numerales 1, 3 incisos 3 y 4 y 24.

Por unanimidad, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Santiago que rechazó un recurso de protección deducido por una médico cirujano en contra de la Universidad de Santiago de Chile y del Servicio de Salud Metropolitano Occidente por ser suspendida del programa de especialización en cirugía.
En el escrito, se señala haber recurrido de acción de protección en contra de la Universidad de Santiago de Chile (USACH) y del Servicio de Salud Metropolitano Occidente por ser suspendida del programa de especialización en cirugía general sin que supuestamente exista resolución fundada alguna que lo justifique, y de los hechos que motivaron la sanción que se le aplicó supuestamente sin proceso alguno, ni que tampoco se aludió al motivo legal de la suspensión del pago de sus remuneraciones.
La recurrente estimó que se vulneró sus garantías del artículo 19 de la Constitución numerales 1, 3 incisos 3 y 4 y 24.
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