Recurso de protección acogido.
Dispositivo de control telemático a cónyuge de víctima de VIF que fue desinstalado por Gendarmería, vulnera lo resuelto por el Tribunal de Familia, resuelve Corte de Temuco.
Se estima vulnerada la garantía de igualdad ante la ley de la recurrente, cautelada por el articulo 19 N°2 de la Constitución.

La Corte de Temuco acogió el recurso de protección interpuesto en contra de Gendarmería por haber desinstalado el dispositivo de control telemático y de alarma al cónyuge de una víctima de VIF.
La actora expone que, no se debió haber desinstalado el dispositivo, ya que la medida cautelar decretada por el Juzgado de Familia sigue vigente, en cuanto se decretó dicha medida al igual que la orden de alejamiento por el plazo de 180 días hábiles, por lo que el control telemático debe permanecer hasta el 30 de marzo de 2023.
En mérito de ello, estima vulnerada la integridad física y psíquica de la persona, en cuanto teme por su vida y la de sus hijos, puesto que por muchos años sufrieron de parte de su cónyuge maltrato físico, psicológico y económico, y ahora que se atrevió a denunciar no quiere que la familia se vea expuesta nuevamente a un ataque, por lo que solicita que se ordene reinstalar el dispositivo de monitoreo telemático al victimario.
Te puede interesar

Libertad de expresión e información pública.
Publicación en Instagram de funcionaria que cuestiona la sanción a culpable por conductas denigrantes a su equipo de trabajo y por emitir comentarios ofensivos de carácter sexual no afecta la dignidad u honra de dicha persona, confirma la Corte Suprema

Recurso de amparo acogido.
Cumplida la pena principal debió decretarse el alzamiento del arraigo, en cuanto es una sanción accesoria, resuelve la Corte de Valdivia.

Resoluciones de Comisión Médica Central de Carabineros.
Acción de protección no es un recurso idóneo para examinar si Oficial de Carabineros goza o no de salud apta para cumplir funciones propias de orden y seguridad en la institución.

