Deber de fundamentar.
Hospital San Vicente de Arauco deberá reintegrar a subdirectora médica. La remoción esbozó una serie de motivaciones que solo en apariencia cumplían la exigencia de fundamento suficiente.
El sumario administrativo es el único medio idóneo para establecer los hechos que constituirían el fundamento de la destitución decretada, por lo que al no realizarse, tornó en ilegal la medida aplicada.

La Corte Suprema confirmó la sentencia pronunciada por la Corte de Concepción, que acogió el recurso de protección deducido en contra del Hospital San Vicente de Arauco, y le ordenó reintegrar a la actora en su cargo de Subdirectora Médica de la institución.
En su libelo, la recurrente expone que, con fecha 13 de enero del año 2021 fue cesada de manera ilegal y arbitraria de su cargo, medida que fue dejada sin efecto por la Corte Suprema, vía acción de protección, ordenando al Hospital restituirle las condiciones económicas que detentaba a la fecha de su desvinculación, mientras no existiera una resolución debidamente motivada para el cese de sus funciones.
Afirma que, pese a lo anterior, el establecimiento médico procedió nuevamente a removerla de su cargo el día 30 de junio de ese año, esbozando una serie de motivos carentes de sustrato fáctico, por cuanto la resolución fue dictada con el único objeto de satisfacer la exigencia que efectuó la Corte Suprema.
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