Recurso de amparo acogido por Corte de Iquique
Inmigrante que trabaja y con familia en Chile tiene arraigo en el país, motivo suficiente para dejar sin efecto su expulsión, aunque haya ingresado ilegalmente.
La facultad de la autoridad para expulsar cede ante razones humanitarias relacionadas con la protección de la familia, asentadas en normas de la Carta Fundamental y tratados internacionales, más si la autoridad se desistió en su oportunidad de la denuncia por haber aquella ingresado al país de modo irregular

La Corte de Iquique acogió el recurso de amparo interpuesto a favor de una ciudadana venezolana en contra de la Delegación Presidencial de Tarapacá.
La parte recurrente expone que, en el año 2020 la amparada ingresó a Chile por un paso no habilitado declarando voluntariamente su ingreso al Departamento de Migraciones y Policía Internacional de Iquique, razón por la que el Intendente Regional de Tarapacá efectuó una denuncia ante la Fiscalía Local del Tamarugal en conformidad con el artículo 69 del Decreto Ley Nº 1904, desistiéndose después de la misma.
Indica que la amparada vive en la capital dónde cuenta con trabajo estable como cuidadora de un adulto mayor. En cuanto a su situación familiar, menciona que convive con su pareja, también venezolano, con quien tiene un hijo de 7 años de edad. Tiene además otra hija de 20 años quien se encuentra en proceso de regularizar su situación migratoria.
Comentarios (3)
Gonzalo Kleinstein Si la tesis de la Corte fuese acogida como un precedente, mejor cerramos la puerta por fuera y nos vamos a vivir a la montaña. Si un ciudadano extranjero ingresa clandestinamente al país, estamos en presencia de un delito flagrante, que por si solo constituye causal suficiente para que sea expulsado. La Academia Judicial y la Judicatura se está convirtiendo en una camarilla de marxistas
Xavier Traspalacios Teoricamente no esta tipificado como delito, de lo contrario serian detenidos de inmediato al verificarse o reportarse el ingreso clandestino… Es una falta.
Valeria Nuñez Mi marido tiene arraigo nacional por no pago de pensiones. Su ex-mujer reactivó una causa el año pasado cuando entró en vigor la nueva ley. El hijo ya tiene 22 años. Nosotros estamos juntos hace 3 años y quisiéramos tener un hijo. El problema es que tengo problemas médicos y tendremos que pasar por una inseminación in vitro en el extranjero. Ya que después de intentarlo durante como 2 años no funcionó. Por mi edad, + 40 es mi última oportunidad de ser mamá. Qué posibilidades hay? El debe 10 millones y su ex-mujer quiere todo el dinero de una, pero no tenemos ese monto. Hay casos similares de jurisprudencia ? Gracias de antemano
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