Recurso de protección acogido por
Instalación de cierre perimetral y portón metálico que impide el acceso al loteo de parcelas del recurrente es un acto de autotutela ilícito.
La conducta descrita es ilegal, toda vez que se ejerció un acto de autotutela, proscrito por nuestro ordenamiento, ya que la legislación contempla los procedimientos correspondientes para obtener de la judicatura el reconocimiento del derecho que pueda invocarse y, mientras no sean ejercidos y dispuesto lo pertinente por los órganos jurisdiccionales, no resulta lícito a la recurrida valerse de vías de hecho para zanjar cualquier disputa, alterando el statu quo anterior.

La Corte Suprema revocó la sentencia dictada por la Corte de Valparaíso, que rechazó el recurso de protección interpuesto por el impedimento total de acceso al loteo de parcelas del recurrente.
El actor sostuvo que luego de la adquisición de 10 lotes de un predio rústico, advirtió el 18 de abril de 2024 que la vendedora y su hijo cercaron el acceso al predio donde se encuentran sus propiedades, incluyendo la instalación de un portón metálico en su entrada que impidió, entre otras gestiones, que accediera al terreno un topógrafo que contrató para realizar un levantamiento de su especialidad, acompañando a estos efectos el respectivo informe que, mediante distintas fotografías, da cuenta del cierre perimetral denunciado.
La recurrida no evacuó informe.
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