Recurso de amparo acogido por Corte de San Miguel.
Juzgado de Garantía debe fijar audiencia de revisión de internación provisoria dentro de los próximos 7 días y no para 21 días contados desde la solicitud de la defensa, en cautela del interés superior de los adolescentes.
La necesidad de dar la correspondiente prioridad y celeridad a las causas que tratan de imputados adolescentes no se respeta si se extiende la audiencia de revisión de internación provisoria por la razón de que otro coimputado, también adolescente, tenía fijada una audiencia para esa fecha.

La Corte de Apelaciones de San Miguel acogió el recurso de amparo interpuesto en contra del Décimo Juzgado de Garantía de Santiago, que rechazó el recurso de reposición en contra de la resolución que fijó audiencia de revisión de internación provisoria para 21 días después de la solicitud realizada por la defensa.
El recurrente alegó que, a pesar de que la defensa cuenta con nuevos antecedentes que permitirían dejar sin efecto la medida cautelar más gravosa en contra del adolescente que fue formalizado por el delito de robo con intimidación, el Tribunal decidió rechazar el recurso de reposición en contra de la resolución que fijó audiencia de revisión de la cautelar para 21 días después de la solicitud, por lo que no sólo se vulnera su libertad personal y seguridad individual, sino que, además, se infringe la Convención sobre los Derechos del Niño.
El recurrido informó que fijó la audiencia de revisión de internación provisoria para la misma fecha que se había programado respecto de un coimputado adolescente, por lo que, “(…) rechazó la reposición de la defensa, toda vez que no estimó que la fecha de audiencia pudiere vulnerar las garantías fundamentales del amparado toda vez que se fijó a 21 días de la solicitud, la que es la fecha más próxima de acuerdo a la agenda del tribunal.”
Temas
Te puede interesar

Recurso de amparo acogido.
Prisión preventiva anticipada para intensificar otra medida cautelar, es ilegal y arbitraria si el imputado no se encuentra cumpliendo una pena, resuelve la Corte Suprema.

Corte de Antofagasta confirma fallo.
Susceptibilidad de adopción no implica discriminar a la madre si ésta no ha logrado avances significativos para el cuidado del niño pese a todas las herramientas puestas a su disposición para lograrlo.

Recurso de protección acogido.
Corte de Apelaciones de Chillán deja sin efecto orden municipal de clausura de colegio.

