Recurso de protección acogido por Corte de Santiago.
Ministerio de RREE debe tramitar solicitud de reconocimiento de título profesional de abogada obtenido en universidad privada en Perú.
El certificado presentado acredita de manera fidedigna que la usuaria cursó y aprobó la carrera de derecho en una universidad peruana, lo que la habilitó para obtener el título de abogada en dicho país. El hecho de que el documento no cuente con una firma manuscrita o timbre adicional que el Ministerio califique como "original" no le resta mérito probatorio.

La Corte de Apelaciones de Santiago acogió el recurso de protección interpuesto por una abogada peruana en contra del Ministerio de Relaciones Exteriores, por considerar incumplidos los requisitos para el reconocimiento y registro de su título profesional otorgado por la Universidad Privada Antenor Orrego de Trujillo, Perú.
La recurrente considera que la actuación del Ministerio es ilegal y arbitraria, ya que ha presentado toda la documentación requerida para que su titulo sea reconocido, vulnerándose las garantías de igualdad ante la ley, integridad psíquica y propiedad.
Agrega que la documentación requerida fue apostillada ante el Ministerio de Relaciones Exteriores de Perú, lo que acredita que fueron emitidos por una autoridad competente reconocida por el Estado peruano. No obstante, el Ministerio le exige presentar el certificado de concentración de notas con la autenticación notarial correspondiente y el sello con la palabra «original», aun cuando el documento que presentó es original y ha sido firmado digitalmente.
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