Amparo acogido
Mujer embarazada no deberá cumplir arresto por no pagar una multa luego de infringir la Ley de Tránsito por una colisión
Si el Juzgado de Policía Local no autoriza expresamente que se puede notificar por correo electrónico, la notificación debe ser por carta certificada. Por lo que, al no haberse producido legalmente la notificación de la sentencia que posteriormente dio origen a la orden de arresto, se produjo una situación de ilegalidad que afecta la libertad personal.

La Corte de Apelaciones de Concepción acogió el recurso de amparo
interpuesto en contra del Juzgado de Policía Local de Hualpén por haber
despachado orden de arresto nocturno en contra de una mujer condenada
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Acción de protección acogida.
Carta certificada fue devuelta por lo que no puede entenderse notificada la multa impuesta por la Dirección del Trabajo y debe restituirse los dineros retenidos por Tesorería, resuelve Corte de Antofagasta.

Recurso de hecho rechazado.
Sentencia definitiva en el procedimiento de policía local se entiende notificada al quinto día de recepcionado el documento por el Servicio de Correos.

