Recurso de protección rechazado.
No es posible dar por probado acoso laboral, con ocasión de una denuncia individual y licencias médicas por enfermedad profesional, resuelve la Corte de Puerto Montt.
El propio ordenamiento jurídico ha establecido la acción de tutela laboral, que sí contempla un procedimiento y oportunidad para rendir y ponderar adecuadamente aquella, dada su naturaleza.

La Corte de Puerto Montt rechazó el recurso de protección interpuesto por una funcionaria pública en contra de cinco compañeros de trabajo de la SEREMI de Salud de la Región de los Lagos por haberla acusado en reiteradas veces y de manera pública de tener un mal desempeño en sus funciones.
La actora expone que, una vez que asumió el cargo de jefa subrogante del departamento de gestión y desarrollo de personas en septiembre de 2022, sus compañeros de trabajo comenzaron no sólo a hostigarla y acosarla laboralmente, sino que además la denostaron y denigraron en forma verbal y por escrito, en cuanto la trataron en diversas reuniones y en oficios dirigidos al SEREMI de ignorante, le manifestaron que no tenía las competencias para asumir al cargo, puesto que su designación habría sido de manera arbitraria por el SEREMI y no por sus propios méritos, cuyas declaraciones también fueron publicadas en el Diario el Llanquihue, sumado a comentarios y opiniones sobre su separación matrimonial, cuerpo y forma de vestir.
Enseguida, manifiesta que le rayaron su auto mientras permanecía en el estacionamiento de la institución y que en el mes de octubre desconocidos arrojaron una piedra de gran dimensión a uno de sus ventanales, justo el día de la cena de clausura de la SEREMI.
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